20 de noviembre 2021
La anunciada salida de Nicaragua de la Organización de Estados Americanos (OEA) —un proceso que dura dos años— no alterará el guion de la próxima reunión del Consejo Permanente del organismo regional, donde se hará una “apreciación colectiva” de la crisis nicaragüense. Sin embargo, la decisión del régimen, según expertos en temas internacionales, sí cambiará el resultado de ese encuentro: los Estados tendrán vía libre para convocar a una asamblea extraordinaria de cancilleres, para determinar si suspenden a Nicaragua.
En una comparecencia de prensa, el canciller nicaragüense, Denis Moncada Colindres, informó este 19 de noviembre que, por orden del presidente Daniel Ortega, le comunicó al secretario general de la OEA, Luis Almagro, que Nicaragua denunciaba la Carta Constitutiva del organismo, con lo cual se daba por “terminado el vínculo” con la OEA.
Pese a que Nicaragua anunció su salida del organismo, esta sería oficial y efectiva hasta en noviembre de 2023, ya que el proceso dura dos años, por lo cual sí pueden suspenderlo antes de finalizar ese periodo. Además durante ese lapso, el Gobierno deberá cumplir con todas sus obligaciones políticas y financieras con el organismo regional.
La decisión del régimen de Ortega y su esposa Rosario Murillo ocurre una semana después que una Asamblea General de Cancilleres de la OEA aprobó —con 25 votos a favor, uno en contra, siete abstenciones y una ausencia— una resolución que declaró que las votaciones nicaragüenses del pasado 7 de noviembre “no fueron libres, justas ni transparentes y no tienen legitimidad democrática”.
A la par, instruyó al Consejo Permanente de la OEA a realizar una “evaluación colectiva inmediata” de la situación de Nicaragua, de conformidad con la Carta de la OEA y la Carta Democrática Interamericana, que deberá completarse “a más tardar el 30 de noviembre” y que “tome las acciones apropiadas”.
Todavía no existe una fecha definitiva para esa reunión del Consejo Permanente, pero fuentes cercanas a la OEA hablan del miércoles 24 noviembre —previo a los días de vacaciones en Estados Unidos por Acción de Gracias— o el lunes 29 de noviembre.
Camino a la suspensión y empuje a los 24 votos
Los expertos comentaron que la apreciación colectiva no se traduce en una suspensión automática de Nicaragua en la OEA, ya que la resolución de la Asamblea General habla de tomar “las acciones apropiadas”. Para ello, lo más probable era que los países decidieran optar por la “realización de gestiones diplomáticas”, que consiste en crear una “comisión de buenos oficios” que visite el país y promueva la “normalización de la institucionalidad democrática”, lo cual está dispuesto en el artículo 20 de la Carta Democrática.
Sin embargo, según los expertos, el anuncio del régimen fortalecerá la posición de los países que han pedido adoptar acciones contra el Gobierno de Ortega, y les muestra a los “indecisos” que “Nicaragua no va a cooperar y por tanto que no hay interlocución que conservar”.
“(La salida de Nicaragua) facilita conseguir los 24 votos para aplicar la suspensión bajo el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana”, subrayó uno de los expertos, que pidió omitir su nombre por temor a represalias.
Carlos Cascante Segura, catedrático de la Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional (UNA), de Costa Rica, estima que el régimen ha montado “el escenario para salirse de la OEA”, pero bajo “la carta del intervencionismo de la OEA” y la presunta “violación de la soberanía nacional”.
En la carta enviada a la Secretaría General de la OEA, la Cancillería nicaragüense indica que su salida era una decisión “soberana y digna de Nicaragua ante las reiteradas injerencias de dicho organismo hemisférico en los asuntos internos de nuestro país”.
Evaluación colectiva seguirá
La evaluación colectiva sobre Nicaragua no se detendrá por la decisión del régimen orteguista. Esta se basará principalmente en un informe “actualizado” del secretario general de la OEA, quien la semana pasada sugirió “anular” las elecciones nicaragüenses, en las que Ortega y Murillo se reeligieron en la Presidencia.
Los expertos explicaron que, ante la negativa del régimen de permitir el ingreso de personeros de la OEA, los países tienen que echar mano de las fuentes disponibles, entre ellas los informes de la Secretaría General, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), reportes diplomáticos e informaciones periodísticas.
“Se contempló la posibilidad de mandar un pequeño equipo a Nicaragua que pudiera hablar con distintas partes, pero no hubo respuesta del Gobierno, que es quien tiene que autorizar la visita”, señaló una fuente cercana a la OEA.
Cascante señaló que la evaluación colectiva “no es un término técnico, sino más bien político”, por lo cual los países “pueden utilizar toda la evidencia disponible”.
La última apreciación colectiva de la OEA fue sobre Venezuela, en marzo de 2017. En ese entonces, Almagro presentó un informe en el que afirmó: “Los hechos no dejan lugar a dudas. Venezuela viola todos los artículos de la Carta Democrática Interamericana”, según la página web del organismo regional.
Un mes después de la apreciación colectiva, en abril de 2017, el presidente venezolano, Nicolás Maduro, denunció la Carta Constitutiva de la OEA para sacar a Venezuela. Sin embargo, el proceso no se completó porque una reelección de Maduro fue desconocida por el organismo regional, y en su lugar reconocieron como presidente interino al opositor Juan Guaidó, en ese entonces presidente del Parlamento, quien nombró un nuevo representante.
Los informes sobre Daniel Ortega
En el caso nicaragüense, Almagro publicó, el pasado 9 de noviembre, un informe elaborado por la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la OEA, que propone a la comunidad internacional “exigir la anulación” de las votaciones nicaragüenses “y hacer un llamado a la celebración de un nuevo proceso electoral”.
Mencionaron los esfuerzos realizados por la OEA para hacer volver a Nicaragua al cauce democrático, los que fueron ignorados por Ortega, entre ellos un Memorando de Entendimiento que incluía una reforma electoral, que al final terminó convertida en insustancial. Asimismo, detallaron la falta de independencia del Poder Electoral, la represión que se ha visto expresada en la detención de candidatos opositores, la cancelación de la personería de partidos y los ataques a la sociedad civil y libertad de expresión.
“Nicaragua no estuvo en condiciones de celebrar elecciones con las mínimas garantías de un proceso electoral libre, justo y transparente, y renunció en los hechos a sus compromisos internacionales en materia de democracia y de protección y defensa de los derechos humanos”, afirma el análisis de la OEA.
Este informe, según expertos en temas internacionales, “será actualizado” y presentado ante el Consejo Permanente durante la apreciación colectiva de Nicaragua.
Otro informe que sería tomado en cuenta y “actualizado”, según los expertos, es uno de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) —publicado el 28 de octubre— en el que se concluyó que las elecciones del 7 de noviembre buscaban “perpetuar en el poder al presidente Daniel Ortega”.
Los caminos en la OEA: suspensión o salida
Nicaragua tiene en la OEA dos caminos que la llevarán al mismo destino: quedar fuera del organismo regional. Ambos se recorren en tiempos diferentes: la suspensión es “inmediata”, mientras que la petición de salida dura dos años.
La suspensión
El proceso de suspensión de un Estado está contemplado en los artículos 20 y 21 de la Carta Democrática Interamericana.
El artículo 20 establece que el Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.
Si las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General.
El artículo 21 detalla que, cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado miembro, tomará la decisión de suspender a dicho Estado del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados miembros —24 votos de 34—. La suspensión entrará en vigor de inmediato.
La salida
La salida voluntaria de un país está contemplada en el artículo 143 de la Carta de la Organización o Constitutiva de la OEA. Este establece que “la Carta regirá indefinidamente, pero podrá ser denunciada por cualquiera de los Estados miembros, mediante comunicación escrita a la Secretaría General, la cual comunicará en cada caso a los demás las notificaciones de denuncia que reciba”.
Sobre la salida de un Estado miembro, la misma Carta de la Organización de la OEA establece en su artículo 143 que la Carta “regirá indefinidamente, pero podrá ser denunciada por cualquiera de los Estados miembros, mediante comunicación escrita a la Secretaría General”, como lo ha hecho el régimen de Daniel Ortega.
En ese caso, continúa el artículo, “transcurridos dos años a partir de la fecha en que la Secretaría General reciba una notificación de denuncia, la presente Carta cesará en sus efectos respecto del Estado denunciante, y éste quedará desligado de la Organización después de haber cumplido con las obligaciones emanadas de la presente Carta”.