6 de marzo 2020
Como se venía esperando desde ya hace varios meses, el Gobierno de los Estados Unidos ha emitido esta semana severas sanciones a la Policía orteguista. Estas sanciones han surgido de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), que es un organismo de control financiero dependiente del Departamento del Tesoro.
Las sanciones se enmarcan en la Orden Presidencial 13851 firmada por el presidente presidente de Estados Unidos, Donald Trump, el 27 de noviembre de 2018. En ocasiones anteriores me he referido a esa Orden Ejecutiva (o decreto presidencial) como una “caja de herramientas” en materia de sanciones, ya que la presidencia de EE. UU. autorizó a diversas agencias de ese Gobierno a buscar diversos mecanismos de presión para pronunciarse ante la grave crisis de derechos humanos en Nicaragua y ante los “crímenes de lesa humanidad” cometidos por el régimen de Daniel Ortega. Dicha orden caracteriza la crisis de Nicaragua como un asunto de “interés nacional” para los Estados Unidos.
Si bien esas sanciones a la Policía orteguista son algo que se veía venir, es fundamental resaltar que son demoledoras en todo sentido. En primer lugar, son sanciones fuertísimas en materia financiera ya que convierte a la institución policial en una organización altamente tóxica para todo el sistema financiero nicaragüense e internacional. En términos prácticos, se coloca a la Policía orteguista en el mismo nivel de otras organizaciones del crimen organizado que están vetadas de realizar cualquier transacción con entidades bancarias que tengan relaciones con el sistema financiero estadounidense.
Si bien estas sanciones no mencionan explícitamente al Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policía (ISSDHU), ese Instituto está claramente afectado en su capacidad de operar y tener transacciones con el sistema financiero nacional e internacional. El ISSDHU es un ente autónomo de la Policía, dirigido por Francisco Díaz, consuegro de Ortega, y tiene el mandato de administrar las pensiones del personal policial. Las normativas de la OFAC definen como vínculo de una entidad sancionada, toda relación en la cual el ente sancionado tenga un interés “directo o indirecto” de al menos el 50%.
La segunda razón por la cual estas sanciones a la Policía orteguista son demoledoras, es por su impacto de largo plazo en los antecedentes penales de la alta oficialidad de la Policía y en aquellos oficiales y policías que tienen manchadas sus manos de sangre por asesinatos extrajudiciales y otras acciones violatorias a los derechos humanos de las personas que participaron en las protestas desde abril de 2018. A mi juicio, el texto de las sanciones se constituye en una potente prueba para eventuales casos de búsqueda de justicia por los crímenes de lesa humanidad, ante tribunales y cortes internacionales que acepten el principio de universalidad de ese tipo de crímenes.
Es bien sabido que cada resolución de la OFAC es precedida por un exhaustivo proceso de investigación, lo que hace que el proceso de emisión de sanciones sea lento pero con razones muy bien documentadas. Por ello, el hecho de que una organización como la OFAC defina a la Policía como una organización cuyos agentes han cometido crímenes de lesa humanidad, no es poca cosa. Teóricamente, las sanciones económicas a la Policía podrían ser reversibles en el futuro. No obstante, ese no es el caso con los crímenes de lesa humanidad, los cuales no prescriben nunca.
Tengo la impresión que el texto de esa sanción de la OFAC jugará un papel determinante en el eventual enjuiciamiento de policías y parapolicías que han torturado y asesinado personas en Nicaragua, sumándose a otras pruebas documentales como son los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), entre muchas otras pruebas.
La resolución de la OFAC incluye sanciones para tres altos oficiales más, como son los comisionados Juan Antonio Valle Valle, Luis Alberto Pérez Olivas, y Justo Pastor Urbina, “por su involucramiento como altos oficiales del Gobierno de Nicaragua”. ¿Por qué sancionar a tres oficiales más en una resolución que de todas formas sanciona a toda una institución? En mi opinión, el mensaje es claro: La comunidad internacional va a perseguir a los oficiales que tengan responsabilidades individuales demostradas en los múltiples casos de violaciones a los derechos humanos. Dicho de otra forma, esta no es una sanción que persigue de forma general a todos los integrantes de la policía. De hecho, aquellos cadetes, policías de línea, inspectores, personal administrativo y policías en general que tengan las manos limpias, están a tiempo de saltar de un barco que se está hundiendo. Aquellos policías que se queden en esa institución corrupta y asesina, terminarán siendo cómplices de crímenes de lesa humanidad que serán perseguidos por décadas—si fuera necesario—hasta que haya justicia.
A estas alturas, la Policía como institución nacional es insalvable. Todo proceso de transición democrática requerirá, obligatoriamente, de la sustitución de esa Policía orteguista por un nuevo cuerpo de seguridad pública que sí tenga la confianza de la ciudadanía. La nueva Nicaragua también tendrá una nueva institución policial, apartidista, no deliberante, respetuosa de los derechos humanos y de las libertades individuales.
A manera de reflexión final, creo que la sanción a la Policía, como institución, también es un mensaje para el Ejército de Nicaragua. Como dice el viejo adagio, “se lo dicen a Juan, para que entienda Pedro.”
*Director del Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas (IEEPP)