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La dictadura Ortega hace preparativos para más expulsiones

Reforma al Código Penal pretende perseguir a los opositores más allá de las fronteras nacionales, convirtiéndose en un arma de represión transnacional

El dictador Daniel Ortega junto a su esposa Rosario Murillo.

El dictador Daniel Ortega junto a su esposa Rosario Murillo. Foto: CCC

Félix Maradiaga

30 de agosto 2024

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La reciente reforma a la Ley No. 641 del Código Penal promovida por el régimen de Daniel Ortega es una escalada peligrosa en su estrategia de represión. Esta reforma no solo busca ampliar la capacidad del régimen para perseguir a los opositores dentro de Nicaragua, sino que también extiende su alcance más allá de las fronteras nacionales, convirtiéndose en un arma de represión transnacional. Ortega ya no se conforma con encarcelar y expulsar a los disidentes más incómodos; ahora pretende juzgar y confiscar los bienes de aquellos que se encuentran en el exilio, ampliando su capacidad para silenciar a la oposición en cualquier lugar del mundo.

Esta ley está diseñada para perseguir a cualquier persona con penas y confiscaciones, sin importar si se encuentran en Nicaragua o no, y sin necesidad de su presencia en los juicios. Se espera que el número de afectados aumente dramáticamente, pasando de las 316 personas declaradas apátridas el año pasado a miles más. No es simplemente una nueva ley; es una declaración de guerra contra todos aquellos que desafíen al régimen, estén donde estén.

Lo más alarmante de esta reforma es su ambigüedad y amplitud en la tipificación de delitos, lo que otorga al régimen un margen de discrecionalidad casi ilimitado. Artículos como el 112 amplían el concepto de comiso, permitiendo a la dictadura expropiar los bienes de cualquier persona definida como opositora. Este enfoque se repite en varios artículos del anteproyecto, subrayando la intención del régimen de usar estas disposiciones para castigar cualquier forma de disidencia, real o percibida.

Además, se refuerza el carácter de estado policial, especialmente en el artículo 327, que clasifica como delitos graves cualquier acción de protesta que el régimen considere un entorpecimiento de servicios a la población, como el transporte público. En la práctica, esto significa que cualquier protesta, sin importar su tamaño, podría resultar en penas severas. Por ejemplo, la quema de llantas, una forma común de protesta en Nicaragua, podría llevar a penas de 3 a 8 años de prisión bajo la figura de "contaminación atmosférica" establecida en el artículo 367.


Lo más inquietante es cómo esta reforma manipula conceptos jurídicos que en otros contextos podrían ser legítimos, como la persecución del crimen organizado. Sin embargo, bajo la dirección del régimen de Ortega, estos conceptos son distorsionados para servir como herramientas de represión política. Un ejemplo particularmente draconiano es el artículo 565, que establece la figura del juez técnico para estos casos, eliminando la necesidad de un jurado público y permitiendo que un solo juez, a menudo leal al régimen, dicte sentencias sin las garantías de un juicio justo.

La reforma también amplía peligrosamente las definiciones de terrorismo, crimen organizado y otros delitos, otorgando al aparato judicial de la dictadura un poder casi absoluto para silenciar cualquier forma de disidencia. La inclusión del juicio en ausencia es particularmente preocupante, pues permite condenar a opositores sin que tengan la oportunidad de defenderse, un ataque directo a los principios fundamentales de justicia y debido proceso.

Esta ley es aún más severa que la Ley de Ausentes de los años 80 y parece ser una respuesta directa a acciones internacionales contra la dictadura, como la creación del Grupo de Expertos de Naciones Unidas sobre Nicaragua o el juicio abierto en Argentina, que desafían los intereses del régimen a nivel global. Ortega y Murillo muestran una vez más su desesperación frente a una resistencia cívica que, a pesar de la represión, continúa siendo una espina en su costado.

Todo indica que esta nueva maniobra represiva se materializará en los próximos días, y es probable que el régimen destierre a un nuevo grupo de presos políticos, sumando más nombres a las listas de exiliados. Con listas preliminares de familiares o socios de los 316 exiliados ya en manos del régimen, la cacería de brujas continúa. Frente a esta amenaza, la única opción viable es denunciar estas acciones a nivel global. No podemos permitir que esta nueva ola de represión pase desapercibida; debemos estar listos para enfrentarla con firmeza y determinación, luchando por el restablecimiento de la libertad en nuestra Nicaragua. La comunidad internacional tiene un deber moral y político de no cerrar los ojos ante esta flagrante violación a los derechos humanos.

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Félix Maradiaga

Félix Maradiaga

Politólogo, académico y activista político nicaragüense. Fue secretario general del Ministerio de Defensa y director de Protección Civil durante la Presidencia de Enrique Bolaños. Es codirector fundador del Instituto de Liderazgo de la Sociedad Civil.​ Miembro de la opositora Unidad Nacional Azul y Blanco, exprecandidato presidencial, excarcelado político y desterrado por la dictadura orteguista.

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