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La Costa Caribe ante las Reformas Electorales

Urge reafirmar derechos de participación afroindígena en un sistema de representación política que en su evolución pactista ha erosionado sus derechos

Vista de la plaza pública e iglesia Morava, en Waspam, del la Costa Caribe Norte. // Foto: Carlos Herrera

Miguel González

4 de marzo 2020

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“We are a people who can overcome our differences
Let us unite to defend our rights,
Walking the road of reinvindication,
Writing our own history, and
Building our own autonomy”
Lovette Martínez, ‘Time is Now’
(Fragmento, Antología Poética Afrocarinica, 2011)

Las reglas electorales actuales en el país, además de no garantizar los derechos políticos de la sociedad nicaragüense, son discriminatorias de los derechos de autonomía de indígenas y afrodescendientes en las regiones del Caribe.

El Estatuto de Autonomía, aprobado hace 33 años, intentaba resolver inequidades profundas en la forma en que Nicaragua se había relacionado históricamente respecto a la Costa Atlántica: ante la exclusión histórica de la Costa y sus habitantes originarios, el Estatuto aspiraba a cambiar la distribución del poder, entre el Estado y la sociedad costeña. Definido este como un problema político, el acuerdo autonómico confirió el reconocimiento de derechos culturales a todos los costeños (indígenas, afrocomunidades y mestizos residentes), ‘independiente de su peso demográfico y nivel de desarrollo.’ Estos derechos se materializaron en un diseño institucional único y novedoso en América Latina: la creación de Consejos Regionales Autónomos de carácter heterogéneo (multiétnicos) que incluyó la representación mínima de indígenas y afrodescendientes en los Consejos, además de la representación mestiza residente.

Este sistema de representación política es hoy día obsoleto y discriminatorio. Por una parte, ha favorecido a los partidos políticos nacionales, y por otro, a una amplia mayoría mestiza, en detrimento de pueblos indígenas minoritarios, especialmente Sumu-Mayangna, Ulwa, Rama, y en cierta medida a los Garífunas, pueblo afrodescendiente. Las ilustraciones siguientes, preparados por el autor sobre la base de datos oficiales del Consejo Supremo Electoral y de los propios Consejos Regionales, permiten identificar tres tendencias problemáticas respecto al sistema de representación étnica y política de los órganos autónomos costeños:


Primero, una mayoría mestiza se ha apoderado de la representación étnica en el seno de ambos Consejos Regionales Norte y Sur. Esta tendencia se hizo más aguda durante la administración de Arnoldo Alemán, y se profundizó con la reforma electoral de 1999 que generó un sistema bipartidista en el país. En la Costa, esa reforma tuvo un doble efecto pernicioso: restringió aún más la mínima participación afroindígena y sacó del juego a las organizaciones políticas costeñas al hacer más restrictivas las reglas de participación y eliminar las Asociaciones de Suscripción Popular.

Segundo, en el Caribe Norte la mayoría de la representación étnica es compartida por Mestizos y Mískitu, en detrimento de comunidades minoritarias como creoles y sumu-mayangnas, a pesar que ambos pueblos son un porcentaje significativo de la población en esa región. Por su parte, en el Caribe Sur se ha afincado una mayoría mestiza, seguida por creoles, pero aún con una brecha importante entre ambos grupos. Igual que en el Caribe Norte, los pueblos minoritarios rama, ulwa, miskitu y garífuna se han convertido en minorías en los Consejos, además de reducir gradualmente su porcentaje relativo ante las mayorías mestizas que se desplazan hacia zonas urbanas y rurales del Caribe Sur.

Los partidos nacionales tienden a cumplir la cuota mínima de ley para llenar los espacios de representación étnica costeña afroindígena, para luego llenar las posiciones con candidatos mestizos. Con los años, esta práctica ha erosionado los derechos de participación política afroindígena, a los que aspiraba el Estatuto de Autonomía, su razón de ser, su espíritu. Los partidos regionales en cambio, tienden a seleccionar candidaturas multiétnicas, contribuyendo así a la solidaridad y alianza entre grupos étnicos.

Tercero, por el sobrepeso político de los partidos nacionales mayoritarios y encarnar una hegemonía étnicamente mestiza, los Consejos Regionales son hoy día percibidos por la sociedad costeña como la representación del Estado en las regiones autónomas. Esta percepción no es infundada: la excesiva centralización ha eclipsado la vida de los Consejos y por tanto transgredido los derechos a la autonomía, entendidos como el derecho de los costeños al “ejercicio efectivo de los derechos históricos” como lo establece la Constitución Política del país.

Los Consejos Regionales corren el riesgo de convertirse en espacios irrelevantes de gobierno si terminan siendo correas de transmisión de la voluntad de Gobiernos nacionales autoritarios y antidemocráticos. Es decir, una autonomía ‘oficialista.’ En las condiciones actuales, su único contrapeso son los Gobiernos territoriales indígenas y afrodescendientes cuyo reconocimiento y funciones legales nacieron en el 2003 como producto de la aprobación de la Ley de Demarcación Territorial (Ley 445). Es decir, que la autonomía de la Costa es hoy día, desde el punto de su diseño institucional, regional heterogénea (oficialista) y a la vez territorial afroindígena substantiva al conferir la Ley 445 derechos exclusivos y autogobierno a las autoridades comunitarias (locales) territoriales (multicomunales).

La autonomía afroindígena ha sido una aspiración histórica de los pueblos costeños. Pero no puede funcionar si su derecho a la autodeterminación está coartado por los abusos antojadizos de autoridades regionales o nacionales. Durante la última década los costeños hemos sentido los efectos de esta tensión entre dos niveles autónomos aún no armonizados: por un lado, el poder central intentando controlar a la autonomía territorial comunitaria y, por otro lado, estas últimas defendiendo su autonomía histórica, reconocida en las leyes y en sus prácticas ancestrales. YATAMA, por ejemplo, ha denunciado violaciones continuas a los derechos políticos, el territorio y la autonomía indígena y afrodescendiente. Esta organización emplazó al Estado nicaragüense ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, cuya Corte emitió una sentencia favorable a YATAMA en el 2005, que incluía entre otros aspectos, que el Estado debía reformar la Ley Electoral y adoptar “las medidas necesarias para que los miembros de las comunidades indígenas y étnicas puedan participar en los procesos electorales en forma efectiva y tomando en cuenta sus tradiciones, usos y costumbres.”

Es posible que durante los próximos meses Nicaragua se encamine a un proceso de reformas electorales que le regresen a la sociedad el derecho de elegir libremente a sus gobernantes. En este proceso de reformas la Costa Caribe no debería ser marginal, como siempre lo ha sido para las élites gobernantes del país. Hoy más que nunca es importante que se reafirmen los derechos de participación afroindígena en un sistema de representación política que en su evolución pactista ha erosionado sus derechos. Es urgente además porque los territorios costeños son hoy día objeto de masivas ocupaciones ilegales que los Gobiernos centrales han permitido y avalado sea por su inacción o por activamente fomentarlas. Será necesario orientar la reforma a la luz de los avances en materia de los derechos colectivos y autonomía a nivel internacional, especialmente el derecho de los pueblos indígena a elegir autoridades de acuerdo a normas y procedimientos propios, sin la interferencia o el control de los partidos políticos. Ese es el desafío. Los sectores en el país y en la región comprometidos con la autonomía tienen la oportunidad histórica de promover estos cambios, por la Costa, por Nicaragua.

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Miguel González

Miguel González

Miguel González (PhD, Universidad de York) es profesor asistente en el programa de Estudios de Desarrollo Internacional en la Universidad de York. Su investigación examina el autogobierno indígena y los regímenes autónomos territoriales en América Latina.

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