25 de mayo 2019
Desde que se desató la crisis socio-política en Nicaragua, 62 000 nicaragüenses han huido del país, según informó la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) el pasado mes de abril. Este contexto puede analizarse desde una arista doble, por un lado, la responsabilidad penal por desplazamiento forzado de personas como parte de los Crímenes de Lesa Humanidad (CLH) cometidos por el régimen que encabeza Daniel Ortega y por otro, dar a conocer los derechos que tienen nuestros compatriotas al verse obligados a emigrar y demandar refugio.
El desplazamiento forzado de personas como CLH supone la existencia de política o estrategia que deriva en un acto coactivo para que personas arraigadas en el territorio de su país, se vean obligadas a marcharse, sin que exista un motivo o razón legitima acorde al Derecho Internacional. La política de persecución a opositores que se traduce el encarcelamiento y los hace temer por sus vidas, orilla a muchos a emigrar, pero no son migrantes comunes, son desplazados. Por lo tanto, cuando pensamos en los CLH que ha cometido el régimen en Nicaragua contra la población, no solo pensemos en los asesinatos, las desapariciones forzadas, el encarcelamiento y la tortura, a estas conductas debemos sumarle el desplazamiento forzado.
Pero este desplazamiento forzado, confiere a los nicaragüenses obligados a marcharse una protección especial en el Derecho Internacional, deben ser tratados como refugiados. Desde julio de 2018, la ONU hizo un llamado a la comunidad internacional para acoger a nicaragüenses que se han visto obligados a huir de la crisis, lo que a su vez obliga a los diferentes países a brindar un trato prioritario a inmigrantes nicaragüenses y considerarlos refugiados. En términos generales, refugiado es la persona que sufre persecución en un país, viéndose obligado a huir, y que además tiene un temor fundado que al regresar peligre su vida o integridad física, las personas en esta situación gozan de una protección internacional.
Para demostrar la condición de refugiado, una persona debe acreditar ante las autoridades migratorias del país donde se encuentra, la persecución y el temor fundado de regresar, para ello puede valerse de notas periodísticas, correos electrónicos, publicaciones en redes sociales, denuncias interpuestas ante organismos de Derechos Humanos y en general cualquier amenaza dirigidas contra la persona o grupo al que pertenezca. Es importante que esta documentación sea presentada físicamente y contar con una versión digital en caso de extravío.
Existen algunas características del refugio que son útiles conocer también, lo primero es que no se necesita ingresar legalmente a un país, ya que existe la prohibición de sanción penal y/o administrativa a refugiados que hayan ingresados irregularmente a un país. Lo segundo que hay que saber, es que se rige por el principio de no devolución, esto implica que, aunque finalmente el refugio sea denegado, el país tiene prohibido regresar al inmigrante al país donde sufre persecución.
Otro elemento es el ánimo de residencia, esto implica que, si el refugiado regresa a Nicaragua pierde tal condición, al igual que si se acoge a la protección de otro Estado, pero lo más relevante es la incompatibilidad con el tránsito migratorio, es decir, si el destino final es EEUU y son retenidos por autoridades migratorias mexicanas, admitir que están de tránsito es causal de deportación, resultando conveniente en ese supuesto solicitar el refugio a las autoridades mexicanas y una vez que se realice el proceso o tengan libertad de continuar el trayecto, lo continúen. En igual sentido, hay que tener en consideración que, sin perjuicio que se solicite a las autoridades migratorias la condición de refugiado, también es útil pedir la intervención de instituciones nacionales de protección a Derechos Humanos para brindar transparencia y legalidad al trámite de la solicitud de refugio. Este tipo de denuncias se pueden interponer por familiares, amigos o conocidos haciendo uso internet en el sistema de ombudsperson de cada país (Comisión de Derechos Humanos, Procuraduría de Derechos Humanos o Defensoría del Pueblo), pidiendo el apoyo para que otorguen la condición de refugiado al familiar, amigo o conocido que ha sido retenido por autoridades migratorias del país donde se encuentre.
En el mismo sentido, hay que resaltar que, de resultar favorable la resolución y ser otorgada la condición de refugiado, no solo se permite a la persona la estancia legal en el país, sino que se confiere un estatus migratorio que permite traer consigo a su núcleo familiar, así como autorización para trabajar legalmente en el país. Por último, las solicitudes de refugio hechas por nicaragüenses son informadas al ACNUR, lo que a su vez permite dimensionar y visualizar la problemática en general que vive el país, ante instancias internacionales de Derechos Humanos y la propia comunidad internacional.
Costa Rica concentra el 90% de los desplazados nicaragüenses, para solicitar refugio en este país hay que hacer solicitud ante la Comisión de Visas Restringidas y Refugio por medio de la Dirección General de Migración y Extranjería. El proceso conlleva la presentación de solicitud, anexar documentación general y una entrevista, cumplido lo anterior se expide un carné de solicitante de refugio, si transcurren tres meses y aún no existe resolución definitiva para conceder o denegar el refugio, el solicitante de refugio tiene derecho a que se le expida un permiso de trabajo temporal, lo cual es importante por la saturación actual de las autoridades.
Lo que está ocurriendo en Nicaragua con el desplazamiento forzado no solo es un acto criminal de la Dictadura que encabeza Daniel Ortega, sino que también devela una tragedia humana, miles de personas huyendo prácticamente con lo que traen puesto, dejando a su familia y sus vidas como la conocían, todo por el temor a perder la vida o ser encarcelados con todo lo que ello conlleva. Tomar la decisión no es fácil, ir a un lugar desconocido sin conocer a nadie, tampoco lo es, pero saber el alcance sobre la protección internacional a los refugiados, puede ser útil en el contexto actual.