22 de febrero 2024
No es la primera vez que Israel subió al banquillo de los acusados por razones de genocidio. En 1982, una resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas resolvió que una masacre en los campamentos de refugiados palestinos de Sabra y Shatila en Beirut, era un acto de genocidio. El papel de Israel en las matanzas en dichos campamentos en el Líbano, a donde pude viajar días antes de los acontecimientos para constatar las circunstancias de los campamentos palestinos, había sido ampliamente investigado y documentado. Ya desde entonces UNRWA, la agencia de Naciones Unidas creada para prestar ayuda humanitaria a los refugiados palestinos era una piedra en el zapato de Israel. En aquella ocasión, el voto en la ONU favorable a la inculpación de genocidio fue de 123-0.
Habían transcurrido cuatro décadas del Nakba o ‘catástrofe palestina’, señalada por los historiadores como el inicio de la operación de ‘limpieza étnica’ tras la partición de Palestina para la creación, en 1948, del Estado de Israel. Los palestinos a los que entrevisté en 1982 cuyas sombras se ocultaban tímidamente en mi cámara fotográfica, creían que el retorno a su tierra estaba cercano; se aferraban a las llaves de las casas que les fueran arrebatadas durante el Nakba. Entre ellos estaban algunos de los 750 000 palestinos expulsados de sus hogares en 1948 para dar lugar a la fundación de un Estado Judío en Palestina, donde el mundo buscaba sanar las heridas del Holocausto confiriendo un hogar seguro para los judíos Europeos sobrevivientes a la persecución nazi. Nadie imaginaba los horrores que seguirían décadas después en Gaza.
El veredicto provisional emitido por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya en enero de 2024 en relación con las denuncias presentadas por un equipo de juristas de Sudáfrica (SA) contra Israel, ha sacudido la conciencia del mundo, invocando acaso a Nuremberg del siglo pasado. Aunque las comparaciones suelen ser inútiles, ambos juicios nos situaron dolorosamente ante dos pueblos martirizados. Al igual que en Núremberg, los fiscales de la CIJ pronunciaban la palabra genocidio, pero en el primero, no figuraría en la sentencia escrita, pues el crimen de genocidio no se había tipificado en el derecho internacional. Sería hasta 1948, gracias a la incansable labor del lingüista y jurista judío Raphael Lemkin, que la ONU aprobase la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. La CIJ se encargaría desde entonces de investigar y juzgar crímenes de genocidio.
En el veredicto de la CIJ las acciones de Israel en Gaza no fueron aludidas como genocidio propiamente. Se reconoció, no obstante, que la denuncia de Pretoria era meritoria, porque había evidencia plausible de transgresión, por Israel, del Articulo II de la citada Convención. Pero tomará tiempo para que el supremo tribunal de la ONU establezca inequívocamente si hubo genocidio tras las operaciones militares israelíes en Gaza desatadas en represalia por los actos terroristas de Hamas en Israel el 7 de octubre. Las medidas cautelares provisionales que la CIJ ordenó a Israel incluyen, la prevención y castigo de toda incitación al genocidio, y la orden de garantizar la asistencia humanitaria a la población civil de Gaza.
Empero, al no haber ordenado la suspensión inmediata de toda operación militar, tal como solicitaban los abogados de SA, el baño de sangre no ha cesado: desde octubre, las fuerzas armadas israelíes causaron la muerte de casi 30 000 personas -mayoritariamente niños y mujeres- sumando más de 100 000 víctimas entre muertos, desaparecidos y heridos.
Tras la publicación del citado fallo, Israel lanzó acusaciones contra la agencia humanitaria de Naciones Unidas, UNRWA, alegando que un puñado de empleados estuvo implicado en los ataques de Hamas del 7 de octubre. Dicho alegato condujo a la suspensión de financiamiento humanitario, particularmente de Estados Unidos. Desde sus inicios UNRWA opera bajo el fundamento del derecho de los palestinos al retorno a sus tierras ancestrales, en base con la resolución 194 de la ONU, lo que explicaría, según algunos analistas, el afán de marginarla, observando que, además de ser el primordial abastecedor de agua, alimentos, refugio, salud, y educación; en la práctica, UNRWA es testigo potencial sobre los crímenes de guerra en Palestina. El desdén de Israel al mandato de la CIJ de garantizar ayuda humanitaria a la población civil ha incrementado la propagación de enfermedades, el riesgo inminente de hambruna y otras calamidades -sin mencionar las últimas amenazas Israel de atacar la hacinada ciudad de Rafah fronteriza con Egipto.
Ante la pérdida de vidas humanas ¿es pertinente hablar del crimen de ecocidio en Palestina? Después de todo, ya están en marcha procedimientos por ecocidio contra Rusia tras la invasión de ese país a Ucrania. Ucrania, uno de los pocos países que ha tipificado el crimen de ecocidio, hoy examina el caso presentado por un grupo de juristas que busca tipificar el ecocidio en el derecho internacional y que se ha dado a la labor de reunir evidencias para documentar delitos ambientales perpetuados por Rusia en territorio ucraniano. La CIJ tiene jurisdicción para juzgar crímenes de genocidio, no crímenes de ecocidio. Por ello, la iniciativa de enmendar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (ICC) a fin de otorgarle jurisdicción para investigar y juzgar ecocidio, adquiere relevancia.
¿Podrían pues los procedimientos del litigio ambiental en Ucrania sentar precedentes para el caso Palestino? Ante la oleada de juicios a Israel por presuntos crímenes de guerra, genocidio, lesa humanidad, (incluyendo un caso remitido por México y Chile ante la ICC para investigar a Israel y Hamas por crímenes de guerra); hablar de ecocidio y genocidio simultáneamente es fundamental.
Aunque el delito de ecocidio no ha sido tipificado en el derecho penal internacional, cabe esperar que las sentencias de los casos ya remitidos a la ICC consideren seriamente los crímenes ambientales de Israel en virtud de la competencia de dicha Corte sobre crímenes de guerra que abarquen “daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural” (Art.8.2.b.iv).
La letanía de crímenes ambientales en Gaza abarca desde el envenenamiento deliberado del agua, la destrucción masiva de hortalizas, bosques, huertos y olivares; hasta emisiones de CO2 generadas por la maquinaria militar de las fuerzas de ocupación. Desde las primeras semanas de guerra, decenas de miles de bombas detonadas en Gaza generaron incalculables emisiones. Según ‘Jewish Voices for Peace’ (JVP) el gobierno Israelí ha extirpado cientos de miles olivos y otros árboles nativos, indicando que las fuerzas de ocupación arrasaron recientemente 70% de los árboles restantes en los territorios ocupados. La citada organización ofrendó al pueblo palestino el Tu Bishvat o Día de la Tierra, anhelando proteger la floresta del enclave palestino.
Pero, ni el litigio iniciado por Pretoria, ni el fallo de la CIJ aluden explícitamente a los crímenes ambientales de Israel en Gaza. Ciertamente, pensar en árboles cuando las vidas humanas, especialmente infantes, son desmembradas, podría parecer frívolo; pero la fuente de vida de los palestinos, como la de todo pueblo, es la tierra misma, La tutela jurídica de la tierra y los océanos, y la criminalización de su destrucción es necesaria para la defensa del pueblo palestino, y, a la inversa, la defensa de los palestinos -y de todos los pueblos de antaño, custodios de Tierra Santa- es necesaria para la salvaguardia de la biosfera en ese terruño sagrado del orbe. La tesis de Dos Estados bajo la Resolución 181 de la ONU debe reconocer urgentemente que la naturaleza no reconoce fronteras. Lograr la paz en Tierra Santa requiere también el cese inmediato a la guerra contra la naturaleza.