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Detención arbitraria e inconstitucional

Nuestra constitución reconoce por igual y sin discriminación los derechos humanos como los que fueron y son violentados en perjuicio de Torres Becerra

El joven mexicano Jobany Torres Becerra en el proceso judicial que cursó en Managua. Carlos Herrera/Confidencial

Gonzalo Carrión

20 de junio 2016

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El 1 de junio en curso, en el Aeropuerto Internacional Augusto C Sandino, fue detenido el joven y ciudadano mexicano Jobany Torres Becerra, de 23 años de edad, cuando pretendía abordar un vuelo con destino a México. Según reportes periodísticos, Jobany desde su arresto permanece en la Dirección de Auxilio Judicial Nacional (El chipote), sistema carcelario de non gratos recuerdos pasados y presentes, caracterizados por actos de tortura, sea física o psicológica.

La noticia de la detención fue publicada la semana pasada, destacando el aislamiento en que permanecía, sin asistencia legal ni consular. Ya con referencias más completas se conoció que vino a Nicaragua en el mes de marzo de la Universidad Autónoma de Zacatecas, México. Seguramente cuando optó por hacer pasantía en nuestro país se imaginó a la Nicaragua Nicaragüita, solidaria, como la recibida por Sandino en México.

Pero, ¿Cómo fueron esos meses de estadía en una empresa minera en Nicaragua para motivar su decisión de irse sin avisar el 30 de mayo del año en curso, dos días antes de su detención en el aeropuerto…? ¿Cuáles son las razones de hecho y de derecho de su arresto? ¿Por qué los apremios ilegítimos, la incomunicación? Sea cual sea el cargo imputado en contra del joven Torres Becerra, ¿por qué lo acusaron a casi dos semanas de su detención?

Al respecto, es pertinente señalar que el artículo 33 de la Constitución Política de Nicaragua dice: Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal. En consecuencia:


1) La detención sólo podrá efectuarse en virtud de mandamiento escrito de juez competente o de las autoridades expresamente facultades por la ley, salvo el caso de flagrante delito.

2) Todo detenido tiene derecho:
2.1 A ser informado sin demora, en idioma o lengua que comprenda y en forma detallada, de las causas de su detención y de la acusación formulada en su contra; a que se informe de su detención por parte de la Policía y él mismo a informar a su familia o a quien estime conveniente; y también a ser tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

Por su parte el numeral 2.2 dice: A ser puesto en libertad o a la orden de autoridad competente dentro del plazo de las 48 horas posteriores a su detención. De la simple lectura y sin ser abogados, podemos concluir que no hay detención sin causa legalmente establecida. Entonces, la constitución y los derechos humanos se violentan cada vez que una persona permanece detenida por más de 48 horas sin ser acusada y puesta a la orden de la autoridad competente, para ser preciso ante un juez.

En el caso del mexicano Torres Becerra, la acusación fue puesta el domingo 12 de junio y la audiencia preliminar ante un juez local fue ayer lunes 13 de junio. Conclusión: Fue acusado fuera del término y en violación a su derecho y garantía, permaneciendo arrestado sin causa legal debidamente establecida.

Pero, los operadores políticos que actuaron en ese enredo jurídico tratan de componerla señalando que su detención se formalizó el día 10 de junio, otra más de la serie de abusos cometidos en perjuicio de los derechos individuales del detenido. Qué clase de cáscara o desfachatez afirmar que legalmente fue detenido hasta el 10.

De dicha confesión podemos deducir que desde el 1 de junio entonces lo tenían efectivamente secuestrado, porque el ciudadano mexicano NO tenía ninguna causa legal o irregularidad migratoria que justificara la “retención”, que por lo demás resulta repulsiva considerarlo retenido y casi que entretenido en manos del Chipote.

La fiscal que lo acusó en conferencia de prensa hizo gala de los motivos que habían dado lugar a ponerlo a la orden del juez bajo el cargo de simular su desaparición para desprestigiar al gobierno de unidad y reconciliación, aplicándole el artículo 473 del código penal que dice: “quien ante la autoridad competente simule ser responsable o víctima de un delito, o denuncie uno inexistente y provoque actuaciones de investigación o procesales, se le impondrá de cien a doscientos días de multa”.

Como observamos, la pena es pecuniaria, de tal manera que no existe la más mínima razón y proporcionalidad de su arresto prolongado, porque la constitución lo prohíbe y la ley específica indica que no cabe prisión ni preventiva ni definitiva. A petición de la fiscal el juez ordenó prisión porque el acusado es extranjero, distinción que viola el derecho constitucional y universal de no discriminación.

Ahora bien, si Torres Becerra abandonó el lugar de su pasantía sin avisar… ¿Cómo es que “simuló su desaparición ante autoridad competente…? En todo caso, si cometió una falta que movió a la diligente policía, ¿acaso ésta no se constituyó en una real amenaza para la seguridad e integridad del detenido arbitrariamente?

La negativa de permitirle asistencia legal y consular es otro derecho y garantía violentado en perjuicio del detenido. Es más, se cuenta que fueron otros mexicanos quienes informaron a su embajada de que el estudiante Torres Becerra estaba en el chipote y fue hasta la audiencia de ayer que se conoció que el consulado mexicano pudo ver al referido joven, irrespetando el Estado de Nicaragua, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

Para variar, el detenido fue presentado con señales de una evidente golpiza minimizada por la fiscal quien manifestó que el mexicano Torres se golpeó solo, se auto infligió las lesiones debido a su aflicción, a la angustia que le causó haber mentido y provocado una tensión nacional e internacional.

O sea, estamos frente a un ciudadano que inventó una mentira para desprestigiar al buen gobierno de los operadores políticos. El mexicano se constituyó entonces en protagonista de un acto tan grave como fue ofender a un gobierno honesto, honrado y que nunca nos ha mentido a los nicaragüenses, eso sí es para una película de malvados y de mala calidad.

En caso de que fuera cierto todo lo que se dice por el Estado… ¿A dónde está el acto de justicia?, pues el encierro con denegación de sus derechos, es propio de una venganza y por la enrarecida historia del caso, en eso sí coincidiríamos que los convierte en único y originales, por la cáscara, falta de dignidad y vergüenza en la administración o manipulación de justicia.

Si existe un delito y de verdad muy serio, es el de detención ilegal, arbitraria, prolongada e inconstitucional. Ah... Se presume tortura mientras no demuestren lo contrario.

Por si faltara algo… Está el teatro: Un cierre de caso donde el mexicano ayer se declaró culpable, pues el cálculo de los operadores políticos es simplificar el clavo (problema) del gobierno de Nicaragua, para que no se siga hablando más y reducir los costos de otra más, de una cadena de abusos, por desgracia ya común en nuestro paisito.

Por imposición o por convicción, lo que tenemos de instituciones no disimulan su orteguismo, el mismo que les impide realizar las debidas diligencias de investigación para esclarecer una larga lista de verdaderos y graves crímenes que permanecen en la impunidad. Se mueven y se conmueven en casos por selección con discriminación.

Lo que nos debe quedar claro es que, sean mexicanos, ticos, italianos, de cualquier nacionalidad, en Nicaragua nuestra constitución reconoce por igual y sin discriminación los derechos humanos como los que fueron y son violentados en perjuicio de Torres Becerra. Lo demás es pura si mulación.


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Gonzalo Carrión

Gonzalo Carrión

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