29 de diciembre 2018
Carlos Alberto Bonilla López fue condenado a 30 años de cárcel por un crimen que no cometió. La justicia orteguista lo acusó del asesinato de Hilton Rafael Manzanares Alvarado, subinspector de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional (DOEP). Sin embargo, los expertos del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), sospechan que “la víctima pudo haber muerto por un disparo (posiblemente accidental) proveniente de sus propias filas”.
La teoría de la Fiscalía indica que Manzanares recibió por la espalda dos disparos, en la cabeza y en el tórax, cuando junto a otros nueve compañeros intentaban replegar a unos manifestantes en las inmediaciones de la Universidad Politécnica de Nicaragua (Upoli), la noche del pasado 19 de abril. Es uno de los 22 policías asesinados en el marco de la represión contras las manifestaciones.
“El acusado Carlos Alberto Bonilla López, alias el Conejo, se encontraba detrás de las víctimas, en el mismo anden, a una distancia de 30 metros hacia el oeste, (…) sorpresivamente los atacó por la espalda, disparándoles con un arma de fuego calibre 9 mm x 19, (…) por lo que las víctimas (…), al escuchar los disparos, volvieron a ver para atrás, logrando observar al acusado y rápidamente buscaron como resguardarse en el costado este de la Iglesia (Ministerio Pentecostés “Cristo Viene”,) mientras se trasladaban, el acusado continuó disparándoles, logrando impactar dos proyectiles en la humanidad de la víctima”, detalla la acusación del Ministerio Público
La juez Decimotercera Penal de Juicio de Managua, Fátima Rosales, condenó también a Bonilla a sesenta años de prisión por el delito de asesinato en grado de frustración contra cuatro agentes policiales (15 años por cada uno de los policías).
Incongruencias del caso
El perito en balística, Carlos Alberto Berroteran, elaboró el informe de trayectoria basado en las declaraciones de Paulo Francisco Martínez Valdivia, teniente de la Policía Nacional, y Miguel Ángel Picado, policía de DOEP, quienes ubican al tirador a treinta metros de distancia. Durante el juicio, el informe fue presentado por el Inspector Omar Antonio Bustamante Meza, quien en su declaración afirmó que el acusado “estaba a una superficie de 1.8 metros del suelo. Se realizó a más 8 grados (…) Desde el punto de disparo a la víctima había 35 metros”.
El GIEI destaca en su informe final que “a esa altura de la superficie, con el ángulo descrito, a treinta metros de distancia, el proyectil hubiera alcanzado una altura de impacto de aproximadamente 6.72 metros sobre el nivel del suelo”.
Añaden que “el GIEI también tuvo acceso al memorial de intercambio de información y prueba, con el que existen importantes incongruencias, ya que en este documento aparece que el disparo se realizó a 1.18 metros del nivel del suelo y a 36 metros de distancia de la víctima, en este supuesto la altura del impacto hubiera sido de 6.23 metros. En ninguno de los dos supuestos hubiese sido posible que el proyectil disparado impactara en el cuerpo de Manzanares Alvarado, dada la distancia, altura y grados de inclinación”.
Pese a las claras incongruencias, la juez Rosales –de tendencia sandinista- aseguró que la Fiscalía demostró su “teoría fáctica” de que Bonilla “es el autor directo” del crimen del oficial y del asesinato en grado de frustración contra los otros cuatro oficiales.
Impunidad en asesinatos de manifestantes
El GIEI analizó, por mandato, los hechos de violencia que se registraron entre el 18 de abril y el 30 de mayo pasado. La brutal represión y el acoso a los opositores ocurridos después de esa fecha, no están incluidos en el texto del Grupo, conformado por cuatro expertos de Italia, Guatemala, Argentina y Perú.
En el período de análisis, el GIEI registró al menos 109 ciudadanos asesinados, más de 1400 heridos y más de 690 detenidos por participar en las protestas. Hasta la fecha hay 325 muertos confirmados, más de tres mil heridos, decenas de desaparecidos, más de 600 presos políticos y alrededor de 60 000 exiliados por la persecución política.
El régimen reconoció la semana pasada que existen 340 presos políticos, a los que llaman “golpistas”. De estos, 134 han sido injustamente condenados por diversos delitos, en su mayoría terrorismo y crimen organizado.
Los expertos subrayan además que “el Estado de Nicaragua ha infringido su deber de debida diligencia respecto a la investigación de los casos de muertes violentas (…) De los 109 casos por muertes violentas registrados por el GIEI, apenas nueve han sido judicializados. Esto significa que 100 permanecen en la impunidad”.
En ese centenar de casos, las investigaciones no han avanzado y las autoridades no han determinado quiénes perpetraron los hechos. El GIEI no tiene conocimiento de ningún caso en el cual se enjuicie a un miembro de las fuerzas de seguridad, “a pesar de las diferentes evidencias que señalan su posible responsabilidad”.
En el informe se afirma que “el GIEI pudo determinar que la mayoría de los asesinatos y lesiones graves son responsabilidad de la Policía Nacional, cuyos efectivos actuaron directamente y también de manera coordinada con grupos armadas paraestatales”.
Los expertos explican que en la investigación de los 109 casos han existido graves deficiencias, como “la ausencia de procesamiento de escenas del crimen o su procesamiento deficiente y la ausencia de la realización de necropsias o su práctica vulnerando los estándares internacionales en la materia”.
Casos de interés del Gobierno
De los nueve casos que en esa fecha fueron judicializados, seis correspondían a víctimas que tienen alguna relación con el Gobierno o con el FSLN, lo que para los expertos demostraba que el régimen estaba urgido de exhibir resultados.
Las seis víctimas eran: Hilton Manzanares, subinspector de la DOEP; Cristhian Emilio Cadenas, integrante del Centro Universitario de la Universidad Nacional (CUUN) de la UNAN-LEON; Roberto Carlos García Paladino, hijo de crianza de Francisco López, tesorero del FSLN; Jorge Gastón Palacios Vargas, trabajador del Estado; Dariel Steven Gutiérrez Ríos y Jairo Antonio Osorio Raudales, simpatizantes del FSLN.
“Es posible inferir que el Estado, a través de la Policía Nacional y de las autoridades e instituciones vinculadas con el Sistema de administración de justicia, o bien pretendió con estos casos dar una muestra a sectores afines de su compromiso con el castigo de los crímenes perpetrados en contra de personas vinculadas al gobierno, o bien, alternativa o conjuntamente con ello, buscó exhibir resultados concretos que acompañaren las acusaciones, que públicamente y de modo general se venían formulando en las más altas esferas gubernamentales –incluyendo al Presidente y a la Vicepresidenta de la República-, de gravísimos crímenes pretendidamente cometidos por manifestantes o grupos opositores”, señalan en el documento.
Debilidades en casos
El GIEI solo tuvo acceso a siete casos de los nueve judicializados, ya que las autoridades nicaragüenses se negaron a brindarles información, pese haber firmado un acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA), en la que se comprometían a garantizar “el acceso a los expedientes tramitados por el Ministerio Público de las investigaciones y causas iniciadas con motivo de los hechos”.
En esos siete casos, “también se evidencian graves debilidades respecto a la obligación del Estado de Nicaragua de practicar una investigación exhaustiva: se han dejado de practicar diligencias imprescindibles en cuanto a la producción de prueba digital (telefonía y videos), a la identificación y presentación de testigos, o la realización de pericias, como correspondencia balística. En otros casos si bien se practicaron pericias, los resultados se contradicen con las reglas de la experiencia, especialmente en cuanto a la trayectoria balística y las pruebas para determinar si personas o cosas han estado en un ambiente de disparo”, según el informe final.
En el caso de la muerte de Manzanares, solo dos agentes testificaron en el juicio, pese a que junto a la víctima iban nueve policías. “Faltó escuchar a los otros siete, quienes supuestamente presenciaron el hecho. Tampoco se ubicaron vecinos del lugar que podrían haber visto o escuchado algo”, mencionan los expertos.
En el caso de Palacios Vargas, hubo 18 declaraciones testimoniales, 12 de ellas de empleados públicos. En cuanto a los testigos de la defensa, muchos no llegaron al juicio porque fueron amenazados, según el GIEI.
En esta causa se condenó a cuatro promotores de Derechos Humanos pertenecientes a la Comisión Permanente por los Derechos Humanos (CPDH): Julio José Ampié Machado, William Efraín Picado, Jaime Ramón Ampié Toledo y Reynaldo Antonio Lira López, quienes fueron encontrados culpables de homicidio frustrado, lesiones y exposición de personas al peligro en perjuicio de simpatizantes sandinistas que pretendían desmontar un tranque en la ciudad de Boaco. El principal acusado por la muerte del trabajador de Estado, Christopher Enríquez Ampie, se encuentra prófugo.
De igual manera, en este caso, según el GIEI, no se individualiza el arma utilizada. “Uno de los acusados tenía registradas tres armas de fuego y al menos dos personas heridas aún tienen un proyectil en el cuerpo. En al menos un caso, se debió extraer el proyectil para ser cotejado con todas las armas sospechosas, incluyendo por supuesto las armas registradas a nombre del acusado”.
Papel de la Fiscalía
Para los expertos, las investigaciones tampoco han sido “imparciales” y la Fiscalía no ha actuado “de una forma objetiva”, al no agotar todas las líneas de investigación. Asimismo, las pruebas presentadas en los juicios eran “insuficiente para un fallo condenatorio” o abiertamente contradecían “la teoría del caso de la fiscalía”.
En la investigación del asesinato del subinspector de la DOEP no se agotaron otras líneas, ni se formuló una hipótesis alternativa. “La evidencia encontrada en el cuerpo de Hilton Manzanares no se cotejó con las armas asignadas a los policías de la DOEP que estuvieron presentes esa noche. Aunque ellos mencionan que no iban armados hubiera sido necesario realizar el cotejo con las armas de fuego asignadas de acuerdo a los registros internos, tanto a los policías de DOEP como los del Distrito responsables de la demarcación a quienes fueron a apoyar los elementos de DOEP. Tampoco se tomaron muestras a los policías para establecer si había residuos que indicaran que podrían haber disparado”, describe el informe.
El italiano Amérigo Incalcaterra, miembro del GIEI, comentó en un video publicado en el sitio web del Grupo, que “así no funciona un sistema judicial”, ya que les niega la justicia a los ciudadanos, por lo cual recomendaba una reforma “integral” de la estructura jurídica del país.
La negación de justicia afecta tanto a sandinistas como opositores, ya que los verdaderos culpables por la muerte de Manzanares y Palacios, según el GIEI, no son lo acusados, basados en los indicios. Asimismo, se mantienen en la impunidad los asesinatos de los más de 320 ciudadanos, de los que los expertos internacionales han señalado los culpables: la Policía y los paramilitares del régimen.