28 de noviembre 2024
Los funcionarios de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) de Nicaragua podrán portar y utilizar armas de fuego y otros medios técnicos de defensa para “neutralizar y terminar con cualquier actividad encaminada a destruir o menoscabar el orden Constitucional”, según una reforma a la Ley 761 o General de Migración y Extranjería, aprobada por la Asamblea Nacional, este jueves 28 de noviembre de 2024.
Previo a estas reformas, en ninguno de los artículos de la Ley 761 se ordena el uso de armas de fuego o de “medios técnicos de defensa”. En el artículo 221 anexado a la legislación se establece que las armas se utilizarán “cumpliendo con los principios de racionalidad y proporcionalidad, según las situaciones y exigencias”.
En la reforma se detallan siete causales para el uso de armas de fuego:
- Evitar un riesgo grave que ponga en peligro la vida o integridad física, propia o de terceras personas.
- Prevenir, neutralizar y terminar con cualquier actividad encaminada a destruir o menoscabar el Orden Constitucional y la Institucionalidad del país.
- Garantizar y resguardar la seguridad ciudadana, del Estado y del Orden Interno.
- Evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida, con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y que oponga resistencia a la autoridad.
- Resguardo de las instalaciones físicas de la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Patrullajes y retenes.
- Custodia y traslado de migrantes retenidos.
La autorización del uso de armas va en correspondencia con una “militarización” que ha ejecutado la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo desde diciembre de 2023, cuando revivió el Ministerio del Interior (MINT) y lo convirtió en un “superministerio” integrado por la Policía, la DGME, el Sistema Penitenciario Nacional, la Dirección General de Bomberos, la Dirección General Administrativa y los aspectos consulares.
En diciembre de 2023, la dictadura ordenó también que el entonces Ministerio de Gobernación (Migob) y sus direcciones generales formaran parte de la Policía Nacional.
Inspecciones en hospedajes
La dictadura reformó también el artículo 152 de la Ley 761 y estableció que las empresas, organizaciones, centros laborales o de estudios están obligadas a permitir la “inspección inmediata”, “en cualquier horario” y “las veces que sean necesarias” de la DGME para dar información sobre los trabajadores extranjeros que tengan empleados.
El artículo 152 ya permitía la inspección migratoria por parte de la DGME, pero no establecía que tenía que ser de inmediato ni en cualquier horario. La información que deberán entregar sobre los trabajadores extranjeros es: nombres y apellidos, nacionalidad, cargo, término de vigencia del contrato y dirección domiciliaria, entre otros.
El artículo 157, sobre registro de personas extranjeras en hoteles y negocios similares, también fue modificado. En este se incluyó que los servicio de hospedería, cualquiera que sea su categoría, “deben llevar registro que contenga los datos de identificación general del huésped, reservación e información del ingreso y salida del establecimiento”.
Previo a la modificación, el artículo 157 ya ordenaba que “los hoteles, pensiones o negocios similares, cualquiera que sea su categoría ubicados en el territorio nacional, deberán llevar un libro de registro de personas extranjeras”, pero no detallaba qué información.
Premian a DGME con excepción de pagos tributarios
Ortega aprovechó la serie de reformas para incluir un artículo que exonera por completo a la DGME del pago de “tributos nacionales y municipales, con el objeto de garantizar el cumplimiento de sus fines y objetivos”.
Entre las exoneraciones están las compras locales e importaciones; así como las donaciones, legados, subvenciones provenientes de personas naturales o jurídicas, o de organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, con destino al desempeño de sus funciones, detalla el artículo 222.
Incluso, especifica que en “los casos de las donaciones realizadas por terceros le serán deducibles del impuesto sobre la renta del donante”. La DGME también pagará la tarifa más baja de los servicios de agua y energía eléctrica.
Los vehículos de la DGEA también están exentos del pago de placas, matrículas y circulación. Y además, “tendrán el derecho preferente para circular con prioridad de paso en la vía pública”.
Reformas aprobadas en menos de 48 horas
El paquete de reformas que modifica 47 artículos de la la Ley General de Migración y Extranjería y además agrega una adición al Código Penal de la República de Nicaragua fue aprobada solo dos días después que fue presentada en el plenario de la Asamblea Nacional.
La reforma legaliza los destierros, las negativas de entrada o salida de nicaragüenses y residentes extranjeros que representen un “riesgo social” o que puedan “menoscabar la soberanía nacional”.
Prohibir el retorno al país a connacionales es una práctica que venía ejecutando de forma discrecional el Gobierno sandinista en los últimos años.
La ONG humanitaria Colectivo Nicaragua Nunca Más ha documentado al menos 111 casos de apatridia de facto de nicaragüense. Entre los grupos más afectados están personas religiosas, periodistas, defensores de derechos humanos, empresarios, feministas, músicos, y políticos opositores, según ese organismo.
La reforma, de 75 páginas, incluyó también una adición a la Ley 641 o Código Penal de la República de Nicaragua para castigar con penas de dos a seis años de cárcel a los nicaragüenses que entren, salgan o pretendan salir del territorio nacional de forma irregular para cometer presuntamente “menoscabo a la integridad nacional, la soberanía” o supuestos actos “conspirar o inducir actos terroristas o de desestabilización económica y social de país”.
**Con información de EFE**