16 de diciembre 2015
La Haya.- El agente y embajador de Nicaragua en Holanda, Carlos José Argüello Gómez, reconoció que su país "había perdido 250 hectáreas del humedal que consideraba propio". Consideró importante que la Corte haya "reconocido el derecho" de su país a dragar el río, y que haya señalado que Costa Rica construyó la carretera "violando sus obligaciones y que esa carretera era una barbaridad".
"Se trata pues de una sentencia balanceada como muchas de la Corte", y aunque "nos hubiera gustado ganarlo todo, así es la vida y así es la justicia", concluyó Argüello.
"Nicaragua cumplirá cualquier sentencia de la corte", dijo el diplomático, que se declaró "optimista, porque damos vuelta a esta página y seguimos adelante".
El embajador de Costa Rica en Holanda, Sergio Ugalde, dijo que su país "está muy contento con la sentencia emitida hoy por la Corte", que "significa que Isla Portillos es territorio costarricense".
Además, confió en que en el plazo de doce meses, tal y como ha ordenado la Corte, "se llegue a un acuerdo" sobre la indemnización que debe pagar Managua.
La CIJ tramitaba desde 2013 en un solo expediente dos demandas entre ambos países centroamericanos.
La primera demanda fue presentada por Costa Rica a finales de 2010 por una supuesta invasión de Nicaragua a territorio costarricense en Isla Portillos.
Costa Rica aseguraba que Nicaragua había causado daños a un humedal protegido por convenios internacionales en territorio costarricense al abrir dicho canal para unir el río San Juan con el Caribe, aunque Managua afirmaba que esas obras eran parte de un dragado del afluente y que las realizó en territorio propio de Harbour Head.
La segunda demanda fue presentada por Nicaragua en 2011 y en ella acusó a Costa Rica de causar daños ambientales al río San Juan, durante la construcción de un camino de lastre de 160 kilómetros que corre paralelo al afluente.
La CIJ dictaminó en 2011 las medidas provisionales que reafirmó en 2013 e instó además a Nicaragua a poner fin al dragado de dos nuevos caños en el cauce del San Juan y a retirar de la zona a su personal.
Las sentencias de la CIJ son vinculantes y no pueden ser apeladas por las partes.