18 de septiembre 2021
Este jueves el presidente de Costa Rica Carlos Alvarado invitó a toda la población, incluida la extranjera que vive en Costa Rica, a visitar los centros de vacunación para aplicarse la vacuna contra la covid-19.
“Aquellas personas que no están aseguradas, tienen el derecho de acercarse… igual las personas migrantes con su documento, si tienen de refugio o su pasaporte que documenten su residencia, tienen que acercarse”, enfatizó el mandatario.
La población indocumentada o sin aseguramiento ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) puede vacunarse siempre y cuando demuestren su arraigo, es decir, esta fase de la jornada de inoculación no incluye a extranjeros cuya estancia en Costa Rica sea por turismo.
“Debe estar categóricamente claro que no existe turismo de vacunas aquí en Costa Rica”, aclaró el ministro de Comunicación costarricense Agustín Castro la noche del viernes 17 de septiembre.
Costa Rica se ha caracterizado por ser un país de migrantes, casi el 80% de la población extranjera corresponde a nicaragüenses. Según registros oficiales, hay alrededor de 400 000 nicas, a los que se suman las decenas de miles de solicitudes de refugio que van en aumento desde 2018.
Para dar seguimiento a esta noticia, CONFIDENCIAL consultó a la CCSS los requerimientos que deben tener en cuenta los extranjeros para acceder a la vacuna.
De acuerdo al Manual de Procedimientos Para la Ejecución de Vacunación contra la covid-19, para las personas que están en los rangos de edad que se están vacunando en este momento los requisitos son:
- Tener datos actualizados en la plataforma oficial de la Caja Costarricense del Seguro Social, conocida como Expediente Digital Único en Salud, (EDUS).
En el caso de las personas que nunca han usado los servicios de la CCSS, o bien personas no aseguradas o extranjeros con condición migrante regular, deben identificarse o realizar su adscripción en el área de salud correspondiente según su lugar de habitación.
2. Deben contar con documento de identidad tales como:
- cédula de residencia
- documento de identidad migratorio para extranjero (DIMEX)
- documento emitido por la Cancillería de la República para funcionarios diplomáticos debidamente acreditados en el país (DIDI)
- permiso laboral
- carné de refugio
- carné provisional para solicitantes de refugio, categoría especial de protección complementaria
- carné de sistema de trazabilidad migratoria (SITLAM, categoría especial de trabajador sector agropecuario)
- carnet de trabajador transfronterizo
- certificación de ACNUR donde indica que está en trámite de refugio.
También es importante mostrar los documentos que evidencien el procedimiento activo de solicitud de regularización por parte del Ministerio de Migración y Extranjería.
La población en trámite de refugio, presentará un certificado con código QR, el cual indica que está en trámite de refugio en el país. Con este certificado deben acudir a la oficina de Registros Médicos de cada establecimiento de Salud, para que realice su “ identificación” o adscripción y, posteriormente, debe acudir a vacunarse.
Las personas que se presentan con el certificado de ACNUR solo tienen ese documento de identificación, por lo que se debe realizar la identificación únicamente con ese documento. La fecha de validez de los documentos de identificación o requisitos para los solicitantes de refugio será según la normativa institucional vigente, o sea, actualmente los documentos son válidos hasta febrero 2022.
Si se trata de personas menores del rango de edad que se está vacunando (que es de 12 años en adelante), se debe presentar los requisitos establecidos según los grupos de vacunación previamente usados, es decir que cumplan con alguna condición de riesgo.
Población indocumentada debe evidenciar arraigo
La población extranjera que no tiene condición migratoria regular, pero que puede evidenciar su condición de arraigo, se puede vacunar, destaca el Manual.
Indicó la CCSS que se hace un análisis a nivel local de los establecimientos de Salud de la red de Servicios de Salud, a través de los mecanismos que evidencien que la persona tiene varios años de vivir en el país.
Para poder comprobar el arraigo, la persona extranjera debe tener en cuenta cualquiera de las siguientes opciones:
- Estar incluido en la Ficha Familiar del EDUS. La Ficha Familiar forma parte de los datos que la persona asegurada ingresa al sistema de salud y puede ser llenada a través de la plataforma o en las áreas de salud correspondientes.
- Documentos que evidencien que tiene registro de hijos inscritos en centros educativos.
- Permiso laboral o nota del lugar donde trabaja que indique el periodo de tiempo de varios años trabajando en el mismo lugar
- Registros de propiedades a nivel nacional
- Pago de recibos de alquiler a nombre de la persona por varios años
- Documentación de atenciones a nivel nacional
- Cualquier otro documento que indique la permanencia de la persona en Costa Rica por varios años.
Según los datos del Área de Estadística en Salud de la CCSS, al 16 de septiembre se han aplicado 408 454 dosis de la vacuna contra la covid-19 a personas extranjeras, de estas 280 812 corresponden a primeras dosis y 127 642 a segundas dosis.
También informa que personas nicaragüenses, venezolanas, colombianas, estadounidenses, salvadoreñas, chinas, panameñas, hondureñas, peruanas y cubanas figuran entre las más de 23 nacionalidades de migrantes que han sido inoculados contra la covid-19.
Las áreas de salud han designado los vacunatorios específicos para cada distrito y anuncian en sus redes sociales las fechas, horarios y cantidad de vacunas disponibles por día.
También hay vacunatorios masivos en las diferentes provincias, en los que las personas también pueden hacer fila. En todos los casos, el personal a cargo pide la documentación correspondiente. Actualmente la CCSS realiza “vacunatones”, es decir jornadas amplias y abiertas para acelerar el ritmo de vacunación en el país.
Hasta el momento Costa Rica no ha anunciado la vacunación para turistas ni la comercialización de las dosis.