14 de octubre 2024
Entre octubre de 2023 y julio de 2024, el número de demandas judiciales contra el Estado de Nicaragua ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), basada en Costa Rica, aumentó de tres a nueve casos en este tribunal de justicia internacional, de parte de peticionarios a quienes se les denegó la justicia en Nicaragua
Entre esos nueve casos, está la demanda por el femicidio de Dina Carrión ocurrido en 2010; el reclamo por la reelección inconstitucional de Daniel Ortega en 2011, presentado por Fabio Gadea Mantilla; el caso de los pueblos indígenas contra la concesión canalera en 2014; la muerte en la cárcel La Modelo en 2021 de Santos Flores Castillo, quien fue encarcelado y torturado desde 2013, después de haber denunciado el abuso sexual de Daniel Ortega contra su hermana, menor de edad; y el asesinato del periodista Ángel Gahona por agentes estatales, ocurrido en Bluefields el 21 de abril de 2018, que hoy se encuentra en la impunidad.
La jurista Claudia Paz y Paz, exfiscal de Guatemala, exmiembro del GIEI, y directora del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), considera que la Comisión y la Corte están priorizando los casos de Nicaragua y destacó que el caso del periodista Ángel Gahona, es el primero de las víctimas de la represión estatal en abril de 2018 que llega a la Corte Interamericana.
En una entrevista con Esta Semana y CONFIDENCIAL, Paz y Paz resaltó la importancia de que el máximo tribunal de las Américas determine “la verdad” sobre este asesinato y otras violaciones de derechos humanos por parte del Estado. “Que el tribunal más alto de las Américas te diga —Nicaragua violó los derechos humanos, actores estatales dispararon para matar, es muy reparador para las víctimas”, señaló Paz y Paz.
Pero, además, señaló la trascendencia que puede tener este caso para todas las víctimas de la represión, en sus demandas de justicia. “Cuando la Corte Interamericana falla, en sus sentencias establece determinados estándares que pueden ser utilizados en los siguientes casos, que sé están próximos a llegar, varios casos muy importantes”, explicó la jurista. “Cada sentencia que llega, y también esto debe ser un motivo de mucho orgullo para la familia Gahona, es como un legado de derechos para todas las y los nicaragüenses”.
De la Comisión a la Corte
Ante la Corte Interamericana de Justicia hay nueve demandas judiciales contra el régimen de Daniel Ortega, contra el Estado de Nicaragua, para determinar su responsabilidad en la violación del derecho a la vida, garantías judiciales, libertad de expresión, libertad de asociación, derechos políticos, y protección de las víctimas. Estos casos que se iniciaron en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desde 2008, 2011, 2012, 2014 y hay uno, el del periodista Ángel Gahona, asesinado en 2018, que al día de hoy se encuentra en la impunidad. ¿Por qué es tan dilatado este proceso de la Justicia interamericana?
La Comisión Interamericana es la primera que recibe los casos. Una persona particular o una organización que desea presentar una petición ante el Sistema interamericano tiene que presentarla ante la Comisión. Esta demanda de casos presentados ante la Comisión ha provocado una mora impresionante. Por ejemplo, la Comisión cada año recibe entre 2000 y 3000 casos, mientras que a la Corte apenas llegan entre 20 a 35 casos.
Hay un importante cuello de botella. Aunque en Nicaragua el trámite es muchísimo más rápido. El hecho que el caso de Gahona ya esté en la Corte es un récord y es porque la Comisión ha priorizado estos casos, pero además porque el Estado en Nicaragua no contesta, entonces no hay controversia, no tiene que esperar la Comisión o darle tiempo al Estado para que cumpla con sus recomendaciones. El caso ya va inmediato, casi inmediatamente a la Corte.
Quiere decir que todos estos casos ya agotaron su proceso en la Comisión. Pero ¿qué diferencia hay entre las conclusiones o recomendaciones de la Comisión y la Corte?
Las peticiones se deben de presentar ante la Comisión, la Comisión luego notifica al Estado, declara la admisibilidad del caso si se reúnen los requisitos que establece la Convención (Americana). Luego se emite un informe de fondo, que es donde la Comisión establece los hechos. Establece los derechos violados y hay una condena al Estado.
En estos casos que tú mencionas, el Estado de Nicaragua ya ha sido condenado y lo que hace es emitir una serie de recomendaciones tanto en las reparaciones individuales como también recomendaciones que son más estructurales. Por ejemplo, en casos por asesinatos, que se investiguen adecuadamente los hechos, reparaciones a las víctimas, también dignificación de las víctimas. Si el Estado no cumple con estas recomendaciones en un plazo razonable, la Comisión da por terminado este momento y envía el caso a la Corte.
Sentencias de la Corte IDH vinculantes
Una vez que un caso llega a la Corte, por ejemplo el del periodista Ángel Gahona, que fue asesinado en 2018, se ha desestimado ya ese juicio que realizó el Estado y dice la Comisión y lo admite la Corte Esto fue una ejecución extrajudicial. Ahora el caso se somete a la Corte para que esta emita una sentencia. ¿Qué expectativas de justicia pueden tener la sociedad nicaragüense, los periodistas y los familiares de Ángel Gahona?.
Si la Comisión señala que hubo una violación a los derechos humanos y hace recomendaciones, las sentencias de la Corte son absolutamente vinculantes, y algo muy importante para las víctimas en general, y en este caso en particular, es que la Corte establece la verdad de los hechos.
En el caso por el asesinato de Gahona hubo una simulación, hubo unos chicos que estuvieron detenidos. En el GIEI determinamos claramente que ellos no podrían haber sido los tiradores, quienes dispararon en contra de Gahona por la distancia, por el ángulo. Entonces es muy importante para la familia que se diga —la verdad es esta y se han violado sus derechos humanos. Aunque, obviamente, por las condiciones de Nicaragua se va a tener que esperar a que cambie el régimen para que esta sentencia se comience a implementar. Pero si no cumplen también la Corte, como ya lo ha hecho en otras oportunidades en las medidas provisionales, puede informar a la OEA, aunque desafortunadamente Nicaragua ya dejó de pertenecer a la OEA.
El hecho de que el caso de Ángel Gahona, asesinado en 2018, haya cumplido todos los trámites en la Comisión y ahora esté en la Corte, a las puertas de una posible sentencia, ¿puede abrirle las puertas a otras víctimas de la represión de 2018, víctimas de asesinatos, de tortura y de otro tipo de de crímenes, para acceder a la justicia de la Corte Interamericana?.
Sí, definitivamente es el primer caso que llega. Pero cuando la Corte falla, en sus sentencias la Corte establece determinados estándares que pueden ser utilizados en los siguientes casos que están próximos a llegar, varios casos más, muy importantes.
Hay sentencias de Nicaragua que han establecido estos estándares, por ejemplo, el caso (María Luisa) Acosta, que es de una defensora de derechos humanos, estándares sobre personas defensoras; en el caso de Yatama, también se dictaron estándares sobre pueblos indígenas y participación política; entonces dejan estándares para otros casos de Nicaragua, pero también para otros casos de del Sistema Interamericano.
Crímenes de lesa humanidad
Hay otro caso, el de Santos Flores Castillo, un preso que murió en la cárcel La Modelo en 2021 después de padecer torturas. Fue preso porque, en 2013, él y su familia denunciaron a Daniel Ortega por abusos a una hermana cuando esta era menor. Él terminó, por esa denuncia, ocho años preso en condiciones inhumanas, que es lo que finalmente le produce la muerte. ¿La sentencia de la Corte deberá enfocarse en el Estado o en la persona que produce su encarcelamiento?
Lo que está violando el Estado es el derecho internacional en la Convención Americana. La Corte lo que señala es que el Estado de Nicaragua ha violado los derechos humanos en tales artículos, y que estos son los hechos que ocurrieron y le ordena al Estado que tome determinadas medidas.
Entonces, no es sobre la responsabilidad individual, aunque podría ser complementaria. Y lo que ha ocurrido en otros muchos casos, por ejemplo, en Guatemala, con las órdenes de la Corte, que estos casos se tienen que investigar, se ha logrado la justicia nacional.
A partir de la orden de la Corte, los responsables de graves violaciones de derechos humanos, desapariciones forzadas, han sido condenados en el país por este impulso desde la sentencia de la Corte. Pero la Corte no establece responsabilidad individual.
Y otro tema muy importante, para los casos de Nicaragua, es que en otras sentencias, en casos después de abril del 2018, la Corte ha dicho que hay crímenes de lesa humanidad. Entonces, si ese es el argumento que presentaron los peticionarios, es posible que la Corte lo vuelva a decir y esto impulsaría no solo la justicia en Nicaragua, sino también la justicia universal, que es una consecuencia de que unos hechos sean catalogados como crímenes de lesa humanidad.
¿Puede el Estado de Nicaragua desentenderse de su responsabilidad alegando que Nicaragua dejó de pertenecer a la OEA desde noviembre de 2023? ¿Le brinda acaso alguna justificación para decir yo no tengo nada que ver con lo que diga la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia?.
No. Incluso en las resoluciones más recientes, la Corte ha recordado que es vinculante por la Convención (Americana). La Carta de la OEA es un acto jurídico del Estado de Nicaragua. Es decir, yo no quiero estar en la OEA, pero sigue estando obligado por la Convención Americana. Tendría que denunciar la Convención Americana para ya no estar obligado.
Pero los hechos que ocurrieron o que están ocurriendo hasta hoy, mientras sigue siendo parte de la Convención Americana, siguen siendo competencia de la Comisión y de la Corte. Es decir, no bastaría con que denunciara la Convención, sino que no tendría aplicación retroactiva. Podrían seguir llegando casos del 18, 19, 20, 21, 22. Hasta el día de hoy.
¿Cuál es el valor de una sentencia de la Corte Interamericana frente a un Estado delincuente, que ni siquiera ha comparecido en los juicios, y en los procesos que seguramente le van a abrir en todos estos casos?
Es muy importante para las víctimas, para las familias de una persona que ha sido ejecutada, desaparecida o torturada, la propia sobreviviente de tortura, es muy importante ser escuchada. Que se diga la verdad de lo que ocurrió y que se diga que eso estuvo mal, que el Estado violó los derechos humanos porque la verdad siempre es un campo en disputa. Entonces, que el tribunal más alto de las Américas te diga —Nicaragua violó los derechos humanos, actores estatales dispararon para matar, es muy reparador para las víctimas.
También tenemos que pensar que el tiempo pasa, y no van a seguir siempre en el poder Ortega y Murillo. Cuando lleguen otros gobernantes pues seguramente se van a empezar a cumplir todas las órdenes que ya ha dado la Corte en estas sentencias.
Y además es un argumento muy fuerte de legitimidad frente a otros actores de la comunidad internacional, por ejemplo, bancos internacionales, Estados. No es que lo digan las víctimas, los familiares, las organizaciones de derechos humanos, los periodistas, Nicaragua está condenada por haber violado los derechos humanos. Por ejemplo, usted no le puede dar un préstamo, usted tiene que cambiar sus relaciones internacionales con este país. Entonces, si tiene un valor muy fuerte.
La única instancia de justicia internacional que el Estado de Nicaragua, bajo la dictadura de Daniel Ortega, ha reconocido como legítima ha sido la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Nicaragua no es parte de la Corte Penal Internacional, pero sí reconoce a la Corte Internacional de Justicia. ¿Una sentencia de la Corte Interamericana, puede tener resonancia o alguna clase de vinculación en esa otras instancias internacionales?
Claro que sí, por supuesto. Podría ser utilizada incluso por otros Estados, si estos se argumentan durante el caso, por ejemplo, diciendo— la Corte ha dicho que aquí hay crímenes de lesa humanidad, por ejemplo, o que Nicaragua ha violado los derechos humanos.
Tiene otro valor estas sentencias muy importante y es que cuando se inicie la reconstrucción del Estado de Derecho en Nicaragua, la Corte va a haber establecido una ruta política jurídica de cuáles son aquellas reparaciones que se tienen que implementar, cambios estructurales, transformación del sistema de justicia, del Ministerio Público, depuración de la Policía, para garantizar que estos hechos nunca más vuelvan a ocurrir.
Cada sentencia que llega, y también esto debe ser un motivo de mucho orgullo para la familia Gahona, es como un legado de derechos para todas las y los nicaragüenses, porque no van a estar de cero cuando se comience a reconstruir el Estado de Derecho. Van a tener una guía que les va a ir dando la Corte en cada una de sus sentencias.