8 de noviembre 2024
En Costa Rica las leyes permiten que los estudiantes extranjeros menores de edad puedan regularizarse con cierta facilidad. La persona menor de edad migrante que cursa la escuela o el colegio —y que cuenta con su documento de identidad emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME)—, desde una edad temprana puede nacionalizarse de forma exitosa antes de cumplir la mayoría de edad (a los 18 años).
Hay que recordar que a las personas menores de edad no se les exige la entrada legal al país o la permanencia legal, con fundamento en los artículos 33, 65 y 69 de la Ley General de Migración y Extranjería. Se trata de un requisito exonerado formalmente por ley.
Sin embargo, el menor de edad sí debe tener documentos del país de origen que logren demostrar la identidad, como lo son el pasaporte (válido y vigente) y su certificado de nacimiento. En el caso del certificado de nacimiento demuestra y confirma que la madre o el padre es quien ejerce la representación legal del menor de edad dentro de Costa Rica.
En caso de que la persona menor de edad haya llegado a Costa Rica con la abuela, la tía o algún otro pariente como responsable, entonces debe conseguir un documento, sentencia o autorización del país de origen para que dicho tutor pueda representar al menor ante los tribunales de familia de Costa Rica.
Pasos para regularizar a un estudiante menor de edad en Costa Rica
Para tramitar la categoría de estudiante debe:
- Pagar 200 dólares a la cuenta 242480-0 del Ministerio de Hacienda en concepto de los timbres respectivos.
- Pago de 500 colones en timbres fiscales por medio de tasación del BCR.
- Portar el documento de la institución educativa que certifique que la persona menor de edad está matriculada para el curso lectivo correspondiente.
- Entregar dos fotografías recientes de la persona solicitante.
- Presentar una carta de solicitud firmada por la madre, el padre o tutor que indique que la categoría pretendida es categoría de estudiante.
- Copia de la hoja de calidades del pasaporte del menor.
- Certificado de nacimiento apostillado del país de origen.
- Para mayores de 12 años, la toma de huellas ante el Ministerio de Seguridad Pública.
Con la nueva modalidad de presentación, de la cual ya hemos hablado en este espacio, debe presentarse el trámite con los requisitos completos. El padre o la madre debe completar la lista anterior, para que cuando se presente a la DGME a solicitar la categoría de estudiante para un hijo o hija, no le hagan un rechazo a dicho trámite.
Padres, madres y tutores: recuerden que el camino de sus hijos e hijas debe ser la naturalización o nacionalización luego de haber vivido durante cinco años en Costa Rica.
Tras la regularización puede solicitar la naturalización costarricense
Para la naturalización los principales y determinantes requisitos son:
- Haber cursado estudios de Sexto Grado, Noveno Año o Bachillerato en Costa Rica.
- Documento de Identidad Migratorio para extranjeros válido y vigente durante esos cinco años.
Si logran hacer el proceso de naturalización tras cinco años de residencia ininterrumpida y antes de que su hijo o hija cumpla los 18 años, la buena noticia es que no van a tener que aportar el certificado de antecedentes penales del país de origen, que puede ser engorroso en algunos casos.
Nacionalizarse puede representar un cambio sustancioso para el niño o adolescente y para la familia, cuya inversión en tiempo y dinero es visible con el paso de los años, pues la persona mayor de edad será un individuo plenamente integrado en la sociedad costarricense con todos sus derechos y deberes y, aun mejor, con más opciones de empleo y posibilidades de continuar estudiando en la universidad o a nivel técnico.
Si tiene alguna duda o desea que abordemos en este espacio algún otro tema en particular relacionado a trámites migratorios para personas migrantes en Costa Rica, puede escribirnos al correo migrantes@confidencial.com.ni.