28 de noviembre 2024
El titular de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif), Luis Ángel Montenegro, emitió una circular a la banca nacional, preocupada por la promulgación de la Ley 1224, Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas.
Sin decirlo expresamente, la circular les indica cómo proceder en caso que un sancionado les pida abrir una cuenta, o demande recibir un servicio bancario. En esos casos, deben aplicar las leyes antilavado de activos, además de respetar rigurosamente sus regulaciones contractuales internacionales.
“En el fondo, tanto el punto uno como el punto dos hablan de lo mismo: cumplir con las leyes de lavado de dinero de la UAF, porque es la UAF la que da la cara frente a organismos internacionales”, en este caso, la sección latinoamericana del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafilat), dijo a CONFIDENCIAL desde la seguridad del anonimato, un antiguo ejecutivo que prestó sus servicios en una empresa local del ámbito financiero.
“El tema es que no dice ‘ábranles cuentas… cumplan con la ley 1224’. No les dice que la cumplan, pero tampoco les dice que no la cumplan. Es como cantinflesca”, añadió.
El pasado 25 de noviembre, la Asamblea Nacional, controlada por el Frente Sandinista y sus aliados, aprobó la Ley 1224, con la intención expresa de dejar sin efecto en el territorio nicaragüense las sanciones internacionales impuestas por países y organismos extranjeros a instituciones, personas y entidades públicas. De paso, también se amenaza con multas y suspensión de operaciones, a quienes apliquen las sanciones extranjeras.
El problema que tiene esa ley se llama globalización. Los bancos e instituciones locales de microfinanzas no existen dentro de una burbuja, sino que están -tienen que estar- interconectados con entidades financieras internacionales para poder efectuar muchas de sus operaciones, incluso locales. De ahí que la 1224 pusiera muy nerviosos a los banqueros, ante la posibilidad de perder a sus bancos corresponsales, que son los que les permiten operar a nivel global.
Un especialista en derecho financiero explicó que todas las plataformas logísticas que se usan para procesar transacciones con tarjetas de crédito, débito, etc., se utilizan bajo licencia. “Dentro de la normativa de la licencia, está la prohibición de que ninguna persona sancionada por la OFAC, puede utilizar la plataforma, ni siquiera para operaciones locales”, especificó.
“Como todas esas plataformas de pago tienen origen en Estados Unidos, están reguladas por la OFAC, y si una persona sancionada usa esos servicios, automáticamente la empresa será sujeto de multas, y estará obligada a retirar la licencia al banco, de modo que ya no podría seguirle brindando ese servicio”, aclaró.
Respondiendo a la presión del Gafilat
En su circular, emitida el 27 de noviembre de 2024, el superintendente ofrece “instrucciones” a los bancos, sobre cómo proceder para con “los clientes designados en listas”, en referencia a los que fueron sancionados por Estados Unidos y por otros países, entidades, y organismos financieros internacionales.
En la circular, el también sancionado superintendente Montenegro, indica a “los gerentes generales de las entidades supervisadas”, que “las instituciones financieras deberán mantener la observancia de las regulaciones contra el Lavado de Activos y el Financiamiento al Terrorismo”.
Como parte de Gafilat, Nicaragua tiene obligaciones que cumplir en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento a las armas de destrucción masiva y del terrorismo, por lo que la 1224 ponía en riesgo la calificación del país ante esa entidad internacional.
“Las instituciones financieras deberán establecer medidas de debida diligencia intensificada para los clientes designados en listas y deberán reportarlos a la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Debe verificarse que la prestación de servicios financieros internacionales para estos clientes, guarde correspondencia con las regulaciones contractuales internacionales”, añade la circular.
El antiguo ejecutivo asevera que, además de cuidar la relación y los compromisos asumidos con organismos internacionales, como el Gafilat, el régimen también está cuidando su imagen. “Ya golpearon políticamente. Ya dijeron a través de una ley en la Asamblea, ‘vamos a defender a los sancionados’. ‘Vamos en contra de los gringos’, pero no creo que vayan más allá”.
La razón es que “ellos conocen muy bien cuáles son las consecuencias de esa medida. Lo saben bien: no son tontos. Tienen asesores que saben cómo es el asunto. También creo que esta es una manera de dejar a un lado esa ley, convirtiéndola en papel mojado. Hacer que no se cumpla, pero sin decirlo, aunque es seguro que se lo dijeron a los banqueros en la reunión que tuvieron con ellos. Seguro que les dijeron: viene una comunicación en estos términos, pero sépanla leer.
Sí, pero no
Un consultor financiero que trabajó en el sistema financiero nacional hasta 2021, interpretó que el comunicado de la superintendencia “quiere decir que les tienen que abrir cuentas a los sancionados del régimen, pero no a los sancionados que son terroristas, lavadores de dinero o narcotraficantes, que han violado la ley antilavado. En segundo lugar, que los sancionados del régimen que abran cuentas bancarias no pueden hacer ninguna transacción internacional ni tendrán tarjetas de crédito”.
Este exfuncionario bancario considera que cuando los gerentes de los bancos se reunieron con el Superintendente, le dijeron que la ley no distingue entre un sancionado del régimen o un sancionado por lavado de dinero o narcotráfico o terrorismo. También, que la “ley de los sancionados” pone en riesgo los contratos de corresponsalía y con los emisores de tarjetas de crédito, lo cual tendría repercusiones negativas en las remesas y en el comercio.
De ahí surgió la circular de la Superintendencia. En resumen, explicó, “acordaron que les abren las puertas para que tengan cuentas bancarias, pero que no van a expedirles tarjetas con marca internacional, ni podrán hacer transferencias”.
El experto en derecho financiero considera que la circular del superintendente “dio herramientas a los bancos para que puedan eludir la ley”, advirtiendo que debían abstenerse de prestar servicios internacionales, transferencias, pagos y similares a los sancionados, y cuidar sus corresponsalías. “No les den ningún servicio internacional, aunque lo diga la Ley 1224, y de paso, si ven algo sospechoso, apliquen la norma interna sobre lavado de activos. Revísenlos de pies a cabeza, y si ven algo, denúncienlo”.
Tanto esta fuente, como el exejecutivo del sector financiero, opinan que el documento de la Superintendencia pretende calmar los nervios de los banqueros nicas, al indicarles que deben cumplir sus “regulaciones contractuales internacionales”, como una forma de tranquilizar también a sus bancos corresponsales.