Logo de Confidencial Digital

PUBLICIDAD 1M

PUBLICIDAD 4D

PUBLICIDAD 5D

Superintendencia deja en manos de bancos aplicación de “ley de sancionados”

Reforman norma que permite a los bancos abrir cuentas en córdobas a los “sancionados”, e impedirles transacciones que generan riesgo internacional

Superintendencia de bancos

Fachada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif), en Managua. // Foto: Nayira Valenzuela

Iván Olivares

5 de diciembre 2024

AA
Share

La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, (Siboif), reformó cinco artículos de la norma para la gestión de prevención de los riesgos del lavado de dinero, bienes o activos; y del financiamiento al terrorismo. El texto, publicado en La Gaceta número 223, del 2 de diciembre de 2024, orienta a los bancos cómo investigar a los sospechosos de cometer ese tipo de ilícitos.

El pasado 25 de noviembre, la Asamblea Nacional, en poder el Frente Sandinista y sus aliados, aprobó la Ley 1224, para anular en el territorio nicaragüense las sanciones impuestas por países y organismos extranjeros a instituciones, personas y entidades públicas. A la vez, amenazó con multas y suspensión de operaciones, a quienes apliquen esas sanciones.

Dos días después, el superintendente de Bancos, Luis Ángel Montenegro, emitió una circular para indicar cómo deben proceder los bancos con los sancionados que pidieran abrir una cuenta, o demandaran recibir un servicio bancario, lo que los bancos no pueden hacer sin ser ellos mismos sujetos de las leyes estadounidenses que les dejarían sin sus entidades corresponsales en ese país.

La indicación de Montenegro fue, básicamente, que ante una petición de ese tipo, apliquen las leyes antilavado de activos, respetando rigurosamente sus regulaciones y contratos internacionales. La decisión de Montenegro -que también está sancionado por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos- se elaboró para responder a las angustias de los banqueros, preocupados por la posibilidad de ser sancionados por Washington.


Un antiguo ejecutivo que trabajó para una empresa del ámbito financiero, dijo a CONFIDENCIAL a condición de anonimato, que la preocupación de las autoridades es seguir mejorando en los rankings del Grupo de Acción Financiera Internacional para Latinoamérica (Gafilat), por temor a recibir una evaluación negativa que dificultara hacer negocios con el país.

Cuentas en córdobas si, tarjetas, depende… 

Al explicar los contenidos de la Debida Diligencia al Cliente (DDC), la Superintendencia determina que esta debe incluir “políticas, procedimientos y requisitos para verificar”, la situación de ese cliente. Tal pesquisa puede ocurrir “antes o durante el transcurso del establecimiento de la relación comercial habitual”, y debe realizarse por medio de documentos legales, confiables e indubitables”.

En el proceso debe verificarse cómo mínimo, el nombre de los clientes, beneficiarios y socios, así como fiadores, representantes y firmantes, contrastándolos contra bases de datos que contengan listas de riesgo, (pueden ser internas o externas), sobre conocidos lavadores de dinero, terroristas, financistas del terrorismo, o que estén vinculados con el crimen organizado.

Además de modificar los artículos 1, 6, 11, 15 y 16 de la norma para la gestión de prevención de los riesgos del lavado de dinero, bienes o activos; y del financiamiento al terrorismo, la decisión del Consejo Directivo de la Siboif también hace una adición al artículo 11. Aquí se establecen medidas de debida diligencia intensificada para los clientes designados en listas, que deben ser reportados ante la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

Esa adición manda que “debe verificarse que, para los clientes designados en listas, la prestación de servicios financieros internacionales no ponga en riesgo sus relaciones comerciales internacionales. En el caso de clientes designados como lavadores de dinero, terroristas o financistas del terrorismo, o por estar vinculados con el crimen organizado, las instituciones financieras determinarán la conveniencia de continuar o no las relaciones comerciales con estos”.

En el fondo, la clave es conservar las relaciones con los bancos corresponsales, que son los que posibilitan la realización de operaciones internacionales: desde cosas tan básicas como recibir y pagar una remesa familiar, hasta otras de mayor trascendencia como procurar los pagos por las importaciones y exportaciones. Las transacciones con tarjetas de crédito también correrían riesgo, en caso que se hiciera alguna a nombre de cualquiera de los sancionados.

Finalmente, se señala que dice que “en el caso de clientes designados como lavadores de dinero, terroristas o financistas del terrorismo, o por estar vinculados con el crimen organizado, las instituciones financieras determinarán la conveniencia de continuar o no las relaciones comerciales con estos”.

PUBLICIDAD 3M


Tu aporte es anónimo y seguro.

Apóyanos para que podamos seguir haciendo periodismo independiente en el exilio. Tu contribución económica garantiza que todas las personas tengan acceso gratuito a nuestras publicaciones.



Iván Olivares

Iván Olivares

Periodista nicaragüense, exiliado en Costa Rica. Durante más de veinte años se ha desempeñado en CONFIDENCIAL como periodista de Economía. Antes trabajó en el semanario La Crónica, el diario La Prensa y El Nuevo Diario. Además, ha publicado en el Diario de Hoy, de El Salvador. Ha ganado en dos ocasiones el Premio a la Excelencia en Periodismo Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, en Nicaragua.

PUBLICIDAD 3D