13 de marzo 2024
La Asamblea Nacional nicaragüense derogó este miércoles una reforma a la Ley creadora de la Cinemateca Nacional que fijaba una serie de tasas que debían pagar las personas naturales o jurídicas que deseen producir, comercializar y exhibir materiales audiovisuales en Nicaragua.
La ley reformada fue derogada un mes y medio después de haber sido aprobada en la Asamblea, que es controlada por los gobernantes sandinistas, y a petición del régimen que preside Daniel Ortega, promotor de la iniciativa que fijaba los impuestos y también de la que los deroga.
Mantienen los permisos
En su exposición de motivos, el Ejecutivo nicaragüense explicó que en la revisión de las políticas públicas en relación a la promoción del arte cinematográfico y audiovisual, y en aras de fortalecer y hacer más accesible el desarrollo de las actividades artísticas para el pueblo de Nicaragua, decidió derogar la ley que fue aprobada el pasado 30 de enero.
El diputado oficialista Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión Económica, dijo en el pleno que la ley deroga los costos por servicio de producción cinematográfica, sin embargo, mantiene los requisitos de solicitar permiso para cualquier realización cinematográfica en territorio nacional.
"Una cosa es que no se le apliquen la tasa y otra es que tengan que solicitar el correspondiente permiso y trámite, para la producción, realización y posproducción de arte cinematográfica”, indicó.
La ley derogada fue propuesta por el Ejecutivo para "facilitar y agilizar" los servicios que la Cinemateca Nacional brinda y para "promover el desarrollo y realización de las producciones audiovisuales que aporten a una cultura de paz, valores y de respeto".
La Cinemateca Nacional, codirigida por Idania Castillo, exnuera del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, y de la vicepresidenta Rosario Murillo, que antes estaba adscrita al Instituto Nicaragüense de Cultura, es ahora un ente autónomo bajo la rectoría de la Presidencia de la República.
Entre sus funciones está prohibir "el desarrollo, exhibición pública, comercialización de los productos cinematográficos y audiovisuales, así como en el decomiso de los mismos", de acuerdo con el artículo 13, párrafo segundo, de la Ley creadora de la Cinemateca Nacional.
Entre sus atribuciones se destaca "autorizar la preproducción, producción, realización o filmación, exhibición y distribución de proyectos audiovisuales y cinematográficos nacionales o extranjeros, en Nicaragua".