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Delitos contra la humanidad y la crisis del Poder Judicial

Tal vez en este momento hay funcionarios que son víctimas de una injusticia, pero son victimarios en la comisión de crímenes de lesa humanidad

Poder Judicial Nicaragua

Uriel Pineda

10 de noviembre 2023

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En las últimas semanas se han presentado más de 1000 despidos en el Poder Judicial de Nicaragua en una ofensiva orquestada desde El Carmen por el régimen Ortega-Murillo. Sobre esta purga han surgido diversos análisis que van desde: la consolidación del control por parte del régimen en el Poder Judicial; menguar cuotas de poder a lo interno de la institución; controlar la corrupción desmedida; realizar un recorte de personal; contener la filtración de información; y contrarrestar un riesgo de implosión, entre otros. Pero más allá de cualquier análisis político al respecto, tal vez sea bueno precisar algunos aspectos relacionados con los derechos humanos y el rol del Poder Judicial en la política represiva del régimen Ortega-Murillo.

La existencia de una carrera judicial que garantice la inamovilidad de operadores de justicia es reconocida en el Derecho Internacional de los derechos humanos como una garantía de independencia que debe caracterizar a la administración de justicia. Debe partirse entonces del reconocimiento de víctimas a este universo de personas despedidas al margen de los procesos y normativa existente al efecto. Se que esta afirmación puede no gustar, a mí tampoco me gusta, porque sé que es hacer examen de oposición junto con centenares de personas para optar a unos pocos cargos de servicio profesional de carrera en largos y tediosos procesos de selección. En Nicaragua, todos los funcionarios judiciales en Nicaragua ingresaron al Poder Judicial por avales políticos, sin perjuicio de que con posterioridad se hayan especializado y hasta ascendido por méritos profesionales, porque esa movilidad, en todo caso, se presentó en detrimento de la igualdad de oportunidades originaria.

Pero me guste o no, son víctimas de un zarpazo emprendido por el régimen que trastoca la garantía de independencia judicial. Si se quiere ver desde un enfoque cristiano, puedo compararlo con Mateo 20, 1-15, donde el dueño de la viña contrató a varios trabajadores, unos trabajaron más horas que otros, pero al final del día todos recibieron el mismo pago. No debemos encontrar gozo en la injusticia o desgracia ajena, sino reconocer que también son víctimas de un régimen político nefasto que ha secuestrado las libertades más elementales de todo un pueblo.

Pero no todos son víctimas, en Nicaragua el régimen Ortega-Murillo ha cometido crímenes de lesa humanidad y para materializarlos, instrumentalizó al Poder Judicial y funcionarios judiciales, quienes tienen responsabilidad también. Como he indicado en otras oportunidades, la comisión de un crimen de lesa humanidad tiene dos componentes, el elemento de contexto y la modalidad. En lo concerniente al elemento contextual, es necesario exista una política gubernamental, que no es más que la suma de acciones encaminadas a un mismo fin. Los diputados aprobando de forma inconsulta leyes abiertamente inconstitucionales, la Policía Nacional reprimiendo libertades públicas o deteniendo a personas por ejercer sus derechos fundamentales, el Ministerio Público presentando falsas acusaciones, un Poder Judicial condenando en abierta contradicción a las garantías del debido proceso.


Las acciones emprendidas por defensores públicos, jueces, magistrados y otros funcionarios judiciales, en contravención a la Constitución, legislación penal y tratados internacionales en materia de derechos humanos, se enmarcan en una política de Estado, y en la medida que eso produjera desplazamiento forzado, encarcelamiento en violación al Derecho Internacional o persecución política, estos funcionarios de la administración de justicia son responsables de crímenes de lesa humanidad. Deseo reforzar esta idea destacando lo que ha establecido la jurisprudencia internacional respecto de la responsabilidad y cadena de mando en los crímenes de lesa humanidad, ya que el 17 de diciembre de 2004, el tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia en el caso Kordic y Cerkez estableció: “La Sala de Apelaciones reitera la jurisprudencia según la cual, se requiere que el conocimiento por parte del acusado de que existe un ataque a la población civil, así como el conocimiento que su acto es parte de éste” (párr. 100).

Dicho en otras palabras, estos defensores públicos, jueces, magistrados y demás funcionarios judiciales que con sus acciones contribuyeron a materializar encarcelamiento, desplazamiento forzado y persecución política, tal vez en este momento sean víctimas de una injusticia, pero son victimarios en la comisión de crímenes de lesa humanidad.

A diferencia de Ortega y Murillo, la condena de estos defensores públicos, jueces, magistrados y demás funcionarios judiciales ya inicio porque son rehenes en un país controlado por el régimen, debido a que de conformidad al artículo 1 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, quienes hayan cometido delitos contra la humanidad, no son elegibles para que se les brinde protección como refugiados. La migración, puede no ser una opción para los funcionarios judiciales que fueron partícipes de la comisión de crímenes de lesa humanidad en Nicaragua.

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Uriel Pineda

Uriel Pineda

Abogado nicaragüense, máster y consultor independiente en Derechos Humanos, radicado en México.

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