1 de enero 1970
El régimen de Daniel Ortega en complicidad con el Poder Legislativo y el Poder Judicial cometieron una serie de actos inconstitucionales y crímenes de lesa humanidad contra 222 presos políticos desterrados la madrugada de este jueves 9 de febrero, con destino hacia Washington, Estados Unidos.
En menos de 12 horas el régimen orteguista desterró a los presos políticos condenados con penas de ocho a 13 años de cárcel, por considerarlos de facto como traidores a la patria. Asimismo, los despojó de su nacionalidad, a través de una reforma arbitraria y "expreés" a la Constitución Política de Nicaragua.
Estos son las principales ilegalidades detrás del destierro a 222 reos de conciencia:
1- Destierro: el artículo nueve de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, suscrita por Nicaragua, establece que “nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”. La justicia orteguista autorizó la “deportación inmediata y ya efectiva” de los 222 reos de conciencia este jueves; sin embargo, abogados consultados señalan que los nacionales no pueden ser deportados con excepción de los extranjeros.
El régimen de Daniel Ortega está aplicando el destierro “de hecho, no de derecho”, asegura la abogada Yonarqui Martínez. “Lo que están haciendo con los nacionales es un verdadero crimen e injusticia”, señaló. Esta no es la primera vez que Ortega expulsa a un nacional, antes lo hizo con tres músicos secuestrados arbitrariamente en el contexto del cuarto aniversario de la Rebelión Cívica, en abril de 2022.
2- Deportación o traslado forzoso de población es crimen de lesa humanidad: Según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, se contempla como crimen de lesa humanidad “el desplazamiento forzoso de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional”.
La abogada Martínez explicó que no pueden “celebrar” las arbitrariedades que ha cometido el régimen de Ortega contra los reos de conciencia, pero celebran la medida porque los presos políticos ya están a salvo. La abogada recuerda que estos delitos no prescriben y que la Asamblea Nacional “está sentado precedentes en cuanto a su culpabilidad por los crímenes que está cometiendo en contra de ciudadanos nicaragüenses”, expresó.
3- Reforma "exprés" a la Constitución Política de Nicaragua
La Asamblea Nacional, dominada por la bancada del Frente Sandinista, aprobó una reforma al artículo 21 de la Constitución Política de Nicaragua, señalando que "los traidores a la patria pierden la calidad de nacional nicaragüense".
Sin embargo, para reformar la Constitución se requiere que la iniciativa de ley sea aprobada por la mayoría calificada de votos en dos legislaturas -2023 y 2024-. No obstante, el documento fue presentado de urgencia este jueves, justo cuando los reos políticos viajaban en un avión hacia Estados Unidos. En ese sentido hubo una doble violación a la ley: no se respetó el proceso para reformar la Carta Magna y se aplicó una legislación de forma retroactiva.
Uriel Pineda, experto en derechos humanos, explica que si hubiesen respetado el debido proceso para reforma la Carta Magna, tendrían que haber esperado hasta la legislatura de 2024. Asimismo, subrayó que esta implica una "regresión en materia de derechos humanos" al restringir el alcance de un derecho, como es la pérdida de la nacionalidad nicaragüense. Según Pineda el régimen de Ortega ha convertido a los reos políticos en "apátridas".
La Asamblea también aprobó la Ley 1145, Ley especial que regula la pérdida de la nacionalidad nicaragüense. Esta norma indica que las personas sentenciadas al tenor de lo dispuesto en la Ley 1055 o Ley de Soberanía- creada a finales de 2020 junto a un combo de leyes punitivas- "perderán la nacionalidad nicaragüense".
4- Presos políticos "apátridas" y sin derechos políticos
Antes que el régimen de Ortega desterrara a 222 presos políticos, los despojó de forma inconstitucional de sus derechos políticos de por vida y los inhibió a ejercer cargos públicos o de elección popular de forma perpetua. Esas "penas accesorias" son "ilegales" "nulas" e "inconstitucionales", señalaron expertos en derechos porque esta figura no existe en el marco jurídico del país.
Los reos de conciencia fueron convertidos en "apátridas", por despojarlos de su nacionalidad por medio de procesos ilegales. Según el abogado Juan Diego Barberena, la actuación del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), encargado de notificar la resolución de las "deportaciones" de los presos políticos, es "nula" porque no existe esa sanción en el Código Penal de Nicaragua y tampoco tenían jurisdicción al respecto.
5- Legalmente no son "traidores a la patria"
El régimen de Daniel Ortega ha estigmatizado a los presos políticos como "traidores a la patria". Sin embargo, judicialmente, estos fueron procesados por los delitos de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y propagación de noticias falsas. Según el análisis de expertos judiciales, el Poder Judicial no los puede calificar como "traidores a la patria" porque tendrían que haber sido juzgados por esos delitos y condenados por los mismos, pero no ocurrió.
Sin embargo, el aparato de propaganda del Frente Sandinista así como todos los entes del Estado se han encargado de remarcar que los reos de conciencia son "traidores a la patria", y el mismo Daniel Ortega, los ha señalado de ser los responsables del supuesto golpe de estado de 2018, a como él denomina a la Rebelión Cívica, que acalló a sangre y fuego.