26 de enero 2023
Los ciudadanos de Nicaragua, Venezuela y Cuba viven bajo un régimen de “represión total”, en donde los presos políticos son tratados como “enemigos”, advirtió el comisionado Edgar Stuardo Ralón Orellana, primer vicepresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y relator sobre los derechos de los privados de libertad.
Ralón Orellana demandó, en una entrevista en el programa Esta Noche, la libertad de los reos de conciencia en los tres países, porque no han cometido delitos. Según la CIDH, en estas tres naciones había 1467 los privados de libertad por motivos políticos, hasta finales de diciembre de 2022.
El comisionado es un abogado guatemalteco especializado en materia constitucional. Tiene 20 años de experiencia. En la conversación con la periodista Cindy Regidor, que se transmitió a través de redes sociales y YouTube, abordó la prohibición de la lectura y escritura en la prisión policial de El Chipote en Managua.
“Hay tratos crueles, inhumanos, degradantes, tortura y encontrar un material o tener un material de lectura obviamente no está dentro del esquema de estos centros de represión, más que de detención”, afirmó el abogado refiriéndose a El Chipote.
¿Hay alguna norma internacional sobre el derecho de los privados de libertad a tener acceso a la lectura y a la escritura en la cárcel?
Sí, existe una normativa. Están los principios y buenas prácticas de protección de las personas privadas de libertad. El número 13 establece que podrán haber bibliotecas, periódicos, revistas educativas y sobre esa base también existe otra norma internacional, que son las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de reclusos conocidas como reglas Mandela, que en la número 14 establece que pueden tener ese material de lectura.
Recordemos que la finalidad de que el Estado garantice la vida, la integridad de la persona, también se extiende a generar condiciones de reinserción social y la lectura es un elemento básico.
¿En los sistemas penitenciarios de América Latina se permite el derecho a la lectura y a la escritura?
Sí, se permite en términos generales. De hecho, como relator de personas privadas de libertad, he visitado distintas cárceles en Chile, Ecuador, en diversos países de la región, y algo que es general es encontrar material de lectura, en los lugares, en las celdas de los reclusos, quienes, sobre esta base, tratan de ir llevando algún tipo de programa para la reincorporación o reinserción social.
¿En qué países o sistemas carcelarios se impone la prohibición de leer y escribir?
Existe un régimen de represión total en Cuba, en Venezuela y recientemente también en Nicaragua. Normalmente en estos regímenes donde hay un autoritarismo, donde no hay democracia, obviamente se trata a los detenidos como enemigos del sistema: del partido único o el dominante y, sobre esa base, pues como enemigos se lesionan muchos derechos.
Podríamos decir que muchos centros de detención son contrariamente a lo que son los estándares internacionales: hay tratos crueles, inhumanos, degradantes, tortura y encontrar un material o tener un material de lectura obviamente no está dentro del esquema de estos centros de represión, más que de detención.
¿En esos países, esta prohibición se hace de forma temporal o permanente?
En estos tres países, a pesar de que la Comisión lo ha solicitado, no se le permite el ingreso, entonces nosotros recogemos testimonios de familiares de personas que están detenidas, ellos nos comentan la difícil situación, en la cual es muy esporádica la visita que se les permite.
Viven en una angustia tremenda y en cada ocasión que ellos pueden hablar con sus familiares hablan de estos tratos represivos donde obviamente están sobreviviendo a ese maltrato que reciben en centros de detención. Y no es para nada un tema dónde haya algún material de lectura—una visión de reinserción social— sino que es el aparato de violaciones sistemáticas de los derechos humanos de las personas, la mayoría presos políticos.
¿Estas cárceles donde se prohíbe leer y escribir se pueden definir como regímenes de aislamiento o de castigo o inclusive de tortura?
Sí, se pueden definir de esa manera, existen algunos patrones que se dan en este tipo de centros de detención que nos han manifestado, como lo dije, testimonios de familiares, donde hay poca luz natural, donde hay un hacinamiento, donde hay golpes, donde no hay incluso comida, agua, se les mantiene en una situación totalmente indigna, con tratos crueles a las personas detenidas.
¿Cuál es el propósito de esta prohibición?
Hay diferentes impactos. Tal vez el primero: el personal de quien lo sufre cuando hay un régimen de aislamiento de no poder leer, comunicarse, ver la luz del sol, se da una afectación en la salud mental de la persona que está detenida muy grande, donde incluso empieza a dudar de su propia persona, de lo que está ocurriendo afuera, hay un desvarío y empieza a tener un problema para reconocer la realidad o el contexto por el cual llegó ahí.
Y es una manera de un daño psicológico muy grande, y el otro efecto también se da respecto de los familiares, porque el objeto es infundir temor, silenciar, voces disidentes ese algo como decir si ustedes opinan distinto al régimen, les puede ocurrir un tratamiento severo.
Usted mencionaba las reglas Nelson Mandela en donde se señala que los reos están autorizados a comunicarse periódicamente con sus familiares por medio de correspondencia escrita, medios electrónicos visitas y ya mencionaba también la parte del impacto en la familia, ¿cómo afecta esto, el aislamiento?
El impacto emocional de una persona que llega a estar detenida en esas condiciones, es que normalmente si en un centro de detención se prohíbe leer, existen otro tipo de tratos crueles (...) Se le pretende desprender de su personalidad normal y de que empiece a dudar de la propia realidad que está viviendo, son condiciones de tortura propiamente y esas son las afectaciones más fuertes respecto de una persona que sufre estos tratos.
Como relator para personas privadas de libertad me ha tocado escuchar testimonios de familiares cuyas personas, presos políticos, están o en Cuba o Nicaragua o Venezuela y esto dramático que estamos conversando, pues es el diario vivir de algunas personas que están sufriendo por haber opinado diferente al régimen de turno.
La esposa de Félix Maradiaga, un preso político nicaragüense, solicita desde hace año y medio una Biblia para su esposo, ¿existe alguna justificación para que no se le permita leerla?
No hay ninguna justificación. El hecho que una persona esté detenida pues eso limita su libertad en cuanto a circulación, pero no lo desprende de otros derechos que son inherentes a toda persona.
Un derecho que le corresponde, por ser personas, es la libertad religiosa, de credo, culto y en esa libertad religiosa el momento de que una persona no puede tener alcance a una Biblia, que no puede tener alcance a la palabra en la cual cree, en el ámbito religioso se está lesionando otro derecho inherente y que sumado a los tratos crueles, hay una clara violación a la libertad religiosa.
¿Usted sabe si esta prohibición de lectura y escritura se aplica en sistemas penitenciarios de otros países en el mundo, Rusia, China, Arabia Saudita, Corea del Norte o Irán?
La información más reciente por la actividad que realizo es en América Latina: Cuba, Venezuela y Nicaragua, pero normalmente cuando existen regímenes autoritarios, obviamente se puede dar en otros lugares. No me atrevería a enumerar, pero sí, de la región, enumerar esos tres elementos.
¿Existen casos similares al de Nicaragua que se hayan presentado formalmente ante la Comisión Interamericana o inclusive ante la Corte Interamericana?
Sí, hay casos de presos políticos que se han presentado ante la Comisión Interamericana, normalmente cuando se presentan lo que se pide es una medida cautelar y que el Estado garantice la vida y la integridad de esa persona. Y también hay constantemente peticiones y la Comisión lo hace, tanto a esas peticiones como de oficio, exigir la liberación de los presos políticos en Nicaragua. Se ha hecho en Cuba y Venezuela.
Las autoridades en Nicaragua llevan años sin permitir el ingreso de organismos de derechos humanos internacionales, ¿cómo cree que podría incidir este impedimento en la situación actual de los reos de conciencia?
La posición de Nicaragua ha sido de aislamiento, de separarse del Sistema Interamericano, de no acudir a las audiencias a las cuales se invita. Cuando un Estado no participa y se aísla, el mensaje que manda es que no está dispuesto al escrutinio ni a la rendición de cuentas, que es propio de una democracia. Esa es una actitud que va en detrimento de personas que pueden sufrir abusos y violaciones de derechos humanos, porque simplemente no hay posibilidad de escrutinio, de poder asumir obligaciones internacionales para que esas conductas no se repitan o que se detengan.
¿Cuál es su llamado a las autoridades en Nicaragua que impiden que 59 reos de conciencia puedan leer o escribir en sus celdas?
El llamado es a la liberación de los presos políticos y de conciencia, liberación inmediata porque nunca debieron de haber sido detenidos por opinar distinto al régimen. La libertad de emisión del pensamiento, que también es un derecho inherente a la persona, es en una democracia válida, no por opinar distinto me van a encerrar en una prisión, y sobre esa base es la liberación. Lo otro es visibilizar que se dan tratos crueles, inhumanos, degradantes, prohibiciones de poder tener una Biblia, de escribir y leer, son aspectos de represión que afectan la salud mental de las personas detenidas y que vulneran la libertad religiosa.