12 de mayo 2022
La conformación de la Comisión Interinstitucional, recomendada en un informe de las comisiones de Justicia y Asuntos Jurídicos y de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional, tendrá como objetivo “formular y crear una política de persecución criminal de Estado contra opositores” del régimen Ortega-Murillo, afirma el abogado penalista Boanerges Fornos, exfiscal departamental del Ministerio Público de Nicaragua y representante de la agrupación Acción Penal.
El pasado 4 de mayo, el informe elaborado por ambas comisiones fue aprobado por la Asamblea Nacional, controlada por diputados aliados al régimen Ortega-Murillo. El documento llegó primeramente a la Presidencia del Parlamento el pasado 27 de abril y en este se recomendó incrementar las penas contra futuros presos políticos de Nicaragua que fueran juzgados por los delitos de “traición a la patria”, confiscar bienes a través de la figura “extinción de dominio” y crear una Comisión Interinstitucional que “lleve a cabo dicho trabajo”.
“Significa que esta Comisión va a determinar: uno, las reformas legales que sean necesarias para elevar la pena al delito de menoscabo a la integridad nacional y, además, puede considerar que deben elevarse las penas a otros delitos. También, existe la posibilidad de que vayan a crear tribunales especiales o especializados para ver solamente este tipo de delito, crear unidades especializadas de la Policía y, además de eso, vincular y obligar a todas las instituciones del sistema de justicia, del Estado, inclusive privadas, a facilitar información para fortalecer los casos en el marco de esta política de persecución de Estado”, señaló Fornos en entrevista con el programa Esta Noche.
El jurista advirtió que el informe además incluye una clara amenaza de criminalización contra miembros de la Iglesia católica “no solamente con el menoscabo, puede ser que lo amplíen más, es una posibilidad”.
Líderes religiosos han respondido a las amenazas del régimen orteguista a través de sus homilías dominicales, llamando a la feligresía y a delegados de la palabra a “no tener miedo” y “no dejarse amedrentar”, pues “la Iglesia puede parecer débil, pero no lo es”.
Régimen usará "extinción de dominio" para justificar confiscaciones
Fornos refirió que otras de las medidas que plantea el informe es el uso de la figura de extinción de dominio, que busca justificar la confiscación, pese a que está prohibido por la Constitución Política de Nicaragua.
Explicó que la confiscación se da cuando “el Estado se apropia de una propiedad sin ninguna justificación; no se la vendieron, no se la regalaron, no hay un decomiso, simplemente llegan y se apoderan de ella”.
El experto recordó que en el caso de las organizaciones sin fines de lucro, canceladas a finales de 2018, a las que se les quitó sus propiedades sin argumento legal y fueron cedidas -en 2020- al Ministerio de Salud (Minsa) son un caso claro de confiscación. Algunas de las oenegés afectadas fueron el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Fundación Popol Na y el Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud (Cisas).
Destacó que usar la extinción de dominio como “una pena accesoria es totalmente equivocado, ya que esta es totalmente independiente y autónoma y tiene como objetivo combatir y perseguir aquellos bienes que son usados u obtenidos con fondos ilegales”.
Además, resaltó que por el uso que se le quiere dar a figura lo que buscan es quitar las propiedades cuando estas han sido entregadas por el Estado, aunque no hayan sido usadas por los acusados para supuestamente cometer el delito por el que se le condenó u obtenidas con fondos ilícitos.
Fornos explicó que en el país existen dos figuras legales por las que una persona puede perder el dominio sobre su propiedad; expropiación y decomiso, pero estas deben cumplir algunos requisitos establecidos por ley.
También, señaló que la reforma al Código Procesal Penal que pretenden realizar contempla obligar a las personas entrevistas por el Ministerio Público, durante un proceso de “investigación”, a guardar reserva o no dar declaraciones a los medios de comunicación, rescatando que es una medida que legalmente se puede aplicar, pero que en el contexto que vive Nicaragua se ve como “una herramienta de persecución política, para intimidar a la persona que es sentada a declarar, porque si dice algo lo pueden acusar por desobediencia o desacato a la autoridad”.
Actuación del sistema de justicia es “ilegal”
El experto en Derecho señaló que el sistema de justicia en Nicaragua, especialmente en la jornada de juicios políticos que ha sido impulsada entre 2018 e inicios de 2022, ha tenido una actuación “totalmente ilegal”, pues no se han atendido “criterios técnicos, sino pedidos políticos”.
“Han violentado cada uno de los derechos y garantías que tiene cada ciudadano nicaragüense y, particularmente, las personas que han sido juzgadas. No se les ha garantizado el derecho a la defensa, a la comunicación libre y privada con su defensa, a tener acceso a pruebas y a que se le realice el juicio en un lugar habilitado para ello”, indicó.
La justicia orteguista ha condenado a más de 50 de los 68 ciudadanos encarcelados entre mayo y noviembre de 2021. Entre los condenados hay académicos, activistas, líderes sociales y políticos, defensores de derechos humanos, campesinos y empresarios, que ya recibieron penas de entre siete y trece años de prisión, pero siguen sin ser trasladados a un Sistema Penitenciario.
Boanerges apuntó que el Código Penal de Nicaragua, en el artículo 148, “establece que toda persona que es sujeta de un proceso penal, una vez que se le ha impuesto la medida cautelar de prisión preventiva, debe, en la segunda audiencia, haber sido trasladado al Sistema Penitenciario que corresponda”.
Remarcó que dichas personas deben estar “en lugares distintos a los que se encuentran las personas cumpliendo condenas, porque estas personas están siendo sujetas de proceso penal, aún y cuando hayan sido declaradas culpables, ya que sus sentencias no están firmes”.
“En ninguno de los casos de los presos políticos existe sentencia firme, entonces, deberían estar en los Sistemas Penitenciarios en condiciones humanas, en condiciones de salubridad, con acceso a medicinas, y totalmente separados de los que cumplen pena por sentencia firme”, agregó.
El abogado refirió que aunque los tribunales de apelaciones del régimen han aceptado al menos siete recursos de apelación en casos de presos políticos de El Chipote, aunque no se debe descartar una revocación de sentencia, “los antecedentes de los demás presos políticos nos han indicado que los magistrados de los tribunales de apelaciones no dan los recursos de apelación aún y cuando los abogados defensores, como el caso de estos presos políticos, tengan la razón jurídica, siempre, en la gran mayoría, no le dan lugar”.
El abogado recordó que las defensas de los reos de conciencia o los familiares, luego de agotar el recurso interno, pueden “acudir a instancias internacionales, ya sea al Sistema Interamericano de Derechos Humanos o al Sistema Internacional de Naciones Unidas”. Aunque, enfatizó, en el caso del Sistema Interamericano, el régimen puede “argumentar que ya no pertenece a la Organización de Estados Americanos, aunque sus obligaciones terminen años después de que lo anunció”.
El experto aseguró que los jueces, que sirven como brazo ejecutor de las órdenes del régimen, han cometido una gran cantidad de violaciones al Código Penal, entre estas delitos como el prevaricato, y ellos también podrán ser, en un futuro, juzgados y enfrentar responsabilidades civiles y penales.
Rescató que los jueces, aunque sean condenados con sanciones a nivel internacional, como lo han solicitado públicamente algunos eurodiputados, “no significa que más adelante no se puedan abrir casos civiles o penales".
El régimen Ortega-Murillo mantiene a más de 180 personas encerradas en las diferentes cárceles de Nicaragua. Defensores nacionales e internacionales han exigido la libertad inmediata de cada uno de ellos y advertido de las graves violaciones a derechos humanos que sufren a diario.