15 de febrero 2022
Magaly López es nicaragüense y tiene 30 años de vivir en Costa Rica. Se mudó con sus padres, también nicaragüenses, cuando era una niña de tres años, y está entusiasmada porque pronto se convertirá en ciudadana costarricense, es decir, tendrá doble nacionalidad. “Comencé hace dos meses el proceso. Indagué los requisitos, tuve que viajar a Nicaragua para obtener algunos documentos necesarios, ahora estoy a la espera de la respuesta por parte del Tribunal Supremo de Elecciones”, cuenta sobre el trámite de naturalización.
Naturalizar es -según la Real Academia Española- admitir en un país, como si de él fuera natural, a una persona extranjera, concediéndole los derechos e imponiéndose los deberes de los ciudadanos de ese país. Es decir, es el proceso mediante el cual un ciudadano adquiere la nacionalidad de un segundo país.
En Costa Rica viven al menos 350 000 nicaragüenses de forma regular. Se trata de la población extranjera más grande en Costa Rica, que cuenta con unos cinco millones de habitantes, pero solamente 42 286 nicaragüenses se han nacionalizado como costarricenses, de acuerdo con el padrón del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), o sea, un 12%.
“Yo lo hice hasta ahora por falta de información… A diferencia de la residencia, esta condición casi no se menciona o conoce, no hay un esfuerzo por parte de las instituciones correspondientes por promoverla”, asegura López, quien adquirió la residencia permanente y había mantenido esa categoría migratoria hasta hace poco, renovándola cada cierto tiempo.
Los primeros años de estar en Costa Rica tenía que renovar su cédula anualmente, después cada dos años y luego cada cinco. “El precio de la renovación ronda los 120 dólares, a veces un poco más, dependiendo de cómo esté el cambio (del colón costarricense), pero hay que cumplir con los tiempos, porque si no te cobran multa según los días vencidos”, aclara López.
Otra razón que la hacía dudar sobre si adquirir la nacionalidad costarricense, es el arraigo que tiene hacia su país natal. Es muy común escuchar a los nicaragüenses en Costa Rica decir: “no quiero dejar de ser nica”, explica López, porque no miran la nacionalización como una oportunidad, sino como una renuncia, a pesar de que no se debe renunciar a la nacionalidad nicaragüense para obtener la costarricense.
En Nicas Migrantes de CONFIDENCIAL preparamos una guía informativa sobre cómo se pueden nacionalizar los nicaragüenses que residen en Costa Rica que cumplen con los requisitos y cuáles son los pasos a seguir para realizar el trámite.
¿Quiénes pueden optar por la nacionalidad en Costa Rica?
El sitio web del TSE explica que en Costa Rica se pueden nacionalizar todas aquellas personas nacidas en el país de padres extranjeros, personas nacidas en el extranjero de padres costarricenses y quienes han residido en el país por más de 20 años. También pueden adquirir la nacionalidad quienes se casan con una persona costarricense, quienes han residido de forma regular en el país durante cierto periodo, por trascendencia de alguno de los progenitores -es decir cuando el padre o la madre se ha nacionalizado costarricense, y las personas declaradas apátridas o refugiadas apátridas.
En el caso de López, realiza su trámite para nacionalizarse por haber residido en el país. “A mí me tocó el proceso más largo y engorroso”, considera. Pueden nacionalizarse todas las personas extranjeras que han residido oficialmente en Costa Rica con estatus de residentes de manera ininterrumpida por al menos cinco años cuando se trate de nacionales de otros países centroamericanos, españoles o iberoamericanos por nacimiento; o siete años para cualquier otra nacionalidad. En el caso de nicaragüenses, son cinco años, al ser centroamericanos.
Los requerimientos, en ese caso, son los siguientes, según documentos del TSE:
- Escrito inicial, es decir, una carta realizada por el solicitante pidiendo la nacionalidad. Existe un ejemplo de la misma dentro del sitio web del TSE.
- Dirección de correo electrónico o una dirección física, lo más exacta posible, para recibir las notificaciones.
- Fotocopia del documento de identidad vigente, que puede ser el documento de identificación de migración y extranjería (DIMEX) o cualquier otro documento oficial emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Partida de nacimiento expedida por la autoridad competente del país de origen, debidamente legalizada o apostillada y con la traducción oficial al español, en caso de estar en un idioma diferente.
- Declaración jurada de dos testigos.
- Demostrar medios de vida a través de constancia de salario de empresa pública o privada, orden patronal o certificación de contador público autorizado.
- Comprobante de aprobación de los exámenes de Español y Estudios Sociales en materia de Naturalización del Ministerio de Educación Pública, o bien convalidar títulos si la persona cursó sus estudios de secundaria en el país.
- Certificación expedida por las autoridades judiciales y policiales competentes del país de origen, o del último país en el que haya establecido su residencia en el extranjero.
- Cinco fotografías tamaño pasaporte y timbre fiscal.
- Rendir declaración jurada de no tener contravenciones (faltas de menor gravedad) repetidas ante un funcionario del Registro Civil, o ante notaría pública, debidamente protocolizada.
Posterior a la presentación de todos los requisitos antes indicados, la persona que solicita la naturalización por residencia deberá retirar el edicto de ley para que lo publique en el diario oficial La Gaceta. Si no se realiza en el plazo indicado, se rechazará la solicitud y el trámite.
Para la naturalización de una persona mayor de 25 años de edad, nacido en el extranjero e hijo de padre o madre costarricense por nacimiento, al igual que para la persona mayor de 25 años de edad, nacido en Costa Rica e hijo de padres extranjeros que han pasado el límite de edad para hacer la opción y no la realizaron, solamente tienen que cumplir los requerimientos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9 y 10 antes mencionados. Adicionalmente, debe tener inscrito su nacimiento en el Registro Civil de Costa Rica y haber permanecido por al menos cinco años en el país en el caso de centroamericanos, españoles e iberoamericanos, si son de otras nacionalidades serán siete años.
La naturalización por domicilio no menor de veinte años en Costa Rica, se refiere a la que pueden obtener aquellas personas extranjeras que demuestren haber vivido en el país por un plazo no menor a 20 años y para tramitarla debe cumplir con los requerimientos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
En el caso de la naturalización por matrimonio la persona debe demostrar haber estado casado con un costarricense por al menos dos años y haber permanecido en el país por ese mismo período y para el trámite se deben cumplir los requisitos 1, 2, 3, 4, 8 y 9.
La naturalización por trascendencia de alguno de los progenitores, es para aquellas personas menores de edad que son hijos de al menos una persona que se haya naturalizado como costarricense y deben presentar los requerimientos 1, 2, 3, 4 y 9.
La otra opción es la naturalización de personas declaradas en condición de apátrida o refugiado apátrida, es decir todas aquellas personas a quienes el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto otorgó la condición de apátrida o refugiado apátrida, que hayan residido oficialmente en el país por dos años, contados a partir de la fecha en que solicitó la condición y solo deben aportar los requerimientos 1, 2, 3 y 9.
Adicional a cada uno de los requisitos, indica el TSE, se deben presentar los documentos que demuestren arraigo en el país, como son: el reporte de cuotas de la Caja Costarricense de Seguro Social, epicrisis, vacunas aplicadas por el Ministerio de Salud o certificación de estudios realizados en Costa Rica.
Más derechos y oportunidades
“La naturalización es un proceso gratuito en este país, pero conlleva muchos gastos tramitar cada uno de los requerimientos. Vale la pena el tiempo y el esfuerzo porque naturalizada tendré mayores oportunidades y derechos”, comenta López, quien podrá ejercer el derecho al voto cuando sea ciudadana costarricense. También destaca que ser costarricense podría traerle más acceso a espacios laborales, a préstamos y opciones de viviendas que como residente o extranjero son más difíciles de adquirir.
El proceso, una vez entregados todos los requerimientos, toma diez meses durante los cuales el TSE evalúa y verifica la documentación. “Yo solamente estoy esperando que pasen esos 200 días que ocupa el Tribunal para poder tener mi nacionalidad costarricense en mis manos, es un gran avance y de gran conveniencia”, concluye López.