27 de octubre 2017
Las organizaciones civiles y ambientales que integran el Grupo Cocibolca emitieron un pronunciamiento sobre la Resolución Ministerial 133.08.2017, la que reglamenta el Decreto 15-2017, que elimina los Estudios de Impacto Ambiental y una serie de acciones científicas para cualquier obra o construcción que tenga el mínimo efecto en los recursos naturales.
El pronunciamiento abunda en la importancia de los aspectos legales y técnicos que se han obviado, violentado y alterado, con la derogación del Decreto 76-2006 (Sistema de Evaluación Ambiental) y sus posteriores reformas. También critica el hecho de que el documento oficial esté circulando en el sector privado, sin haberse publicado por el Gobierno.
“La resolución indica que para su entrada en vigencia bastará la publicación en la página web del Marena. Esto es algo que raya en la ilegalidad, pues todos los actos del Estado deben publicarse por medios escritos de circulación nacional, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta”, explicó Rosario Sáenz, directora ejecutiva de la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Sostenible (Fundenic).
Para Gabriel Álvarez, especialista en derecho constitucional y administrativo, las violaciones a la constitución política de Nicaragua se evidencian desde la derogación del Decreto 76-2006, hasta la resolución ministerial aprobada por Manera, pues la Ley General de Medioambiente y sus reformas, mandata únicamente al presidente de la República a reglamentar el sistema de Estudios de Impacto Ambiental (EIA), y no delega esa responsabilidad en los ministros del Gobierno.
En pocas palabras, Juana Argeñal, titular del Marena, no tiene las facultades legales para normar un decreto a través de una resolución, afirmó el especialista en derecho constitucional.
El Gobierno del presidente Ortega se ha caracterizado por tener un Estado de Derecho en el que los procedimientos no son una parte importante de las normas jurídicas, dijeron los expertos. Aunque la Constitución Política de Nicaragua señala que algunas disposiciones solo pueden estar reguladas por la ley y la competencia desempeñadas por algunos funcionarios, el gobernante sandinista ha obviado todo estos procedimientos.
“El otro tema es la ‘desjurificación’ de una materia fundamental como es la protección del medioambiente. Me parece contrasentido y cínico que el Gobierno se haya adherido al Acuerdo de París, cuando a lo interno está demoliendo el sistema, o uno de los elementos vertebrales, como lo es la protección de los recursos naturales”, continuó Álvarez.
Degradación de procedimientos
La resolución ministerial está firmada por Juana Argeñal Sandoval, ministra del Marena, y consta de nueve páginas, once artículos y varios incisos. También tiene un anexo de 78 hojas, en el que se regula cada punto de la resolución. Para el experto en derecho constitucional, el hecho de que los procedimientos hayan pasado a los anexos y no estén ni siquiera como parte central en la resolución, implica una enorme precariedad jurídica.
La “degradación” de los procedimientos a los anexos deja a discrecionalidad de las autoridades administrativas la aplicación de los mismos, además facilita la voracidad, en algunos casos, y la destrucción de los recursos naturales a cambio de la rentabilidad de las inversiones o de los negocios, dijo.
“Yo he conversado con algunos empresarios que tienen mucho interés en proteger el medioambiente. Pero lo que sucede en Nicaragua es que el Gobierno del presidente Ortega lo que hace es favorecer a aquellos pocos empresarios que no les importa el medio y solo les interesa la rentabilidad”, expuso Álvarez.
Sáenz manifestó que los procedimientos para el sistema de evaluación de impacto ambiental, es lo que realmente da legalidad y protección a los recursos naturales. Definir plazos, mecanismos y formas, en cómo se hará público un documento, es lo más importante, pues además le da seguridad a los ciudadanos de que las cosas están bien.
La resolución ministerial aprobada por Marena establece plazos para la aprobación de los permisos o autorizaciones que claramente indica que se sacrifica la evaluación técnica en detrimento del resguardo de los intereses colectivos y se pone en mayor riesgo el patrimonio común de los ciudadanos.
En este punto no existen garantías de que acortando los plazos el sistema será más eficiente, pues la institucionalidad sería la misma, además en el documento, no se señala si Marena será fortalecida en la gestión ambiental o con mejores profesionales.
“Esto nos lleva a plantear otro problema: qué calidad técnica tenemos para hacer con mayor celeridad los análisis o evaluaciones ambientales que se requieren en una dinámica económica, que va haciendo que cada día más proyectos se estén aprobado, que más inversiones estén entrando”, explicó Sáenz.
El riesgo en el futuro
El Grupo Cocibolca manifestó que los desastres naturales que han sucedido en semanas recientes, se pudieron evitar desarrollando estrategias, fortaleciendo carencias y ejecutando el anterior Decreto 76-2006. Con el nuevo panorama existirán problemas de fragilidad producto de las obras de alto impacto que están desarrollándose o que se pretenden aprobar.
“Con esta nueva resolución reforman otros instrumentos legales de mayor rango, con lo cual se está incrementando el nivel de inseguridad jurídica en los procesos. Lejos quedó la intención de simplificar y unificar los procesos, como lo proponía en su momento la empresa privada. Ahora están contribuyendo al incremento de la discrecionalidad, al desentendimiento de qué y cómo se debe mejorar el estado de las cosas”, destacó Sáenz.
Una de las preocupaciones del Grupo Cocibolca es que Marena ya está utilizando la nueva resolución ministerial para otorgar permisos a discrecionalidad sin las medidas que establecían las regulaciones anteriores.
“Un inversionista se acercó a Marena y ellos le entregaron uno de los procedimientos. Esto viene a confirmar nuestra preocupación como grupo. Existe un debilitamiento del sistema de Estudios de Impacto Ambiental en el país”, destacó Víctor Campos, director del Centro Humboldt.