13 de noviembre 2015
En la medida que un régimen absolutista se consolida como dictadura militar, adquiere cierta especialización en la rama de la inteligencia represiva, como actividad permanente contra la organización del descontento popular. Por medio de una ley de seguridad, el régimen orteguista intenta darle curso libre a los métodos tenebrosos de obtención de información, incluida la tortura (como en el caso reciente de la muerte por “suicidio” en el Chipote). Así, también las fuerzas que se mueven en la sombra siguen preventivamente el tejido organizativo de la resistencia a la dictadura, con el fin de realizar acciones de cirugía para extirpar amenazas secretamente (como el sicariato terrorista, ejecutado en el caso de la mochila bomba en Pantasma).
Esta iniciativa de ley, llamada por Ortega de seguridad soberana, faculta al ejército a actuar con plena libertad, a veces, como si fuese el Estado, otras, como si fuese la Constitución, y otras, en fin, como si fuese el modelo orteguista de gobierno, de modo, que pretende que todas las leyes se supediten a ésta, tan amorfa e indefinida, como para adquirir el perfil que el dictador requiera a discreción.
El punto a tratar, precisamente, en una ley de seguridad ciudadana, es cómo neutralizar posibles abusos latentes por la intervención de las fuerzas armadas en la defensa interna, en la cual, deberá compartir actividades con la policía. Y cómo proteger más eficazmente los derechos ciudadanos contra posibles abusos del poder.
Sin tal protección legal adicional de los derechos fundamentales, esta nueva ley estaría anulando la Constitución o el contrato social, y no dejaría más alternativa que la desobediencia civil.
Esta ley de seguridad soberana es, precisamente, por la identificación del ejército y de la policía con la dictadura orteguista, la fe de bautismo de la próxima Oficina de Seguridad Nacional, o sea, es el despuntar de la policía política del régimen orteguista (que en la versión de la dinastía somocista llamábamos: “la Gestapo”).
Ley orteguista carente de sentido
La iniciativa de ley enviada por Ortega a la Asamblea Nacional, deja de lado la probabilidad creciente que la corrupción desnaturalice la función de las instituciones estatales:
El objetivo prioritario del Estado es la seguridad de los nicaragüenses en la búsqueda del bien común, dentro de los valores cristianos, los ideales socialistas y las prácticas solidarias.
En un Estado laico, no hay valores cristianos, ni ideales socialistas, ni prácticas solidarias en abstracto, como búsqueda de un bien común.
El cristianismo es una fe religiosa, cuyos valores se supeditan a dicha fe, que es de carácter individual, y que da un sentido espiritual a la existencia porque cree que su finalidad corresponda a un proyecto sobrenatural. Nada tiene que ver esta fe con la función y organización de un Estado laico.
No existen, tampoco, los ideales socialistas. El socialismo es un sistema económico basado en relaciones de producción objetivamente viables y necesarias en determinadas circunstancias históricas. La seguridad nacional nada tiene que ver con ideales de ningún tipo.
Y las prácticas solidarias tienen carácter de clase, o bien, bajo un concepto abstracto, esconden paliativos para desvirtuar las verdaderas reivindicaciones de los sectores que carecen de oportunidades en la sociedad. La corrupción y la mano invisible del mercado, que son las que asignan recursos en el modelo corporativo de la sociedad orteguista, no aportan prácticas solidarias, más que entre cuates del mismo piñal.
Evolución de la ley de seguridad soberana
La iniciativa de ley orteguista parte de un caos conceptual:
Tenemos la oportunidad de reafirmar los valores compartidos sobre los cuales se basa la paz y la seguridad de la Nación bajo un modelo de fe, familia y comunidad que aseguren la Seguridad Soberana.
La paz y la seguridad de la nación no se basan en un modelo de fe, familia y comunidad. Ni tal modelo orteguista existe realmente, ya que la fe es una creencia espiritual cuya dimensión es individual. La seguridad de la nación es una cosa, la paz es otra, dado que ésta última puede verse comprometida por luchas sociales o, incluso, por rebeliones violentas, que los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano promueven cuando el poder es fuente de opresión. Y, más bien, tal lucha libertaria contra la opresión intentaría preservar la seguridad de la nación.
La finalidad de la ley es proteger el gobierno corporativo orteguista
La iniciativa de ley de seguridad soberana, poco a poco, va tomando todos los rostros del orteguismo antidemocrático:
La seguridad soberana que se garantiza en Nicaragua es gracias al vínculo estrecho que existe entre familia, empresarios, trabajadores y productores nicaragüenses con el gobierno, el ejército y la policía nacional.
Para Ortega, la seguridad soberana sería el modelo corporativo (absolutismo y oligarquía), unido al ejército y la policía.
La finalidad de esta ley, entonces, es proteger el statu quo:
La finalidad primordial de esta ley es contrarrestar los factores adversos a la defensa del patrimonio, planes de inversión y la estabilidad social, política y económica nacional
Según esta ley no es posible oponerse a planes de inversión que afecten al medioambiente o que perjudiquen a la población. O bien, no hay derecho a la protesta social contra planes y acciones que ofendan o perjudiquen a algún sector social. Obviamente, pretende imponer la estabilidad política aunque el régimen resulte opresivo. La estabilidad política, en una sociedad democrática, no es un producto policíaco, sino, que es posible cuando hay condiciones favorables para que disminuyen las desigualdades e inequidades sociales. De igual forma, parece que la estabilidad económica deba ser impuesta por esta ley, cuando la política económica atente contra las condiciones de vida de los trabajadores.
De pronto, esta iniciativa de ley lo que garantiza abiertamente es al gobierno orteguista:
Garantizar la existencia de gobiernos electos por sufragio universal, igual, directo, libre y secreto.
Un régimen dictatorial (como el de Somoza o el de Ortega) puede resultar electo en procesos amañados o menos, no obstante, hay y debe haber recursos y medios legales para que los gobernantes (electos correctamente o menos) puedan responder permanentemente ante la justicia, y recibir las sanciones que correspondan si violentan los derechos ciudadanos protegidos en la Constitución y en las leyes.
La dictadura se hace ley: el Ministerio Público autorizaría, de oficio, las violaciones del ejército a las garantías individuales
Este sistema es coordinado por el Presidente de la República y se delega al ejército de Nicaragua para que, a través de la Dirección de Información para la defensa del Ejército de Nicaragua se constituya como secretaría Ejecutiva del sistema.
Un sistema, indefinido, coordinado por el presidente y el ejército, es una dictadura militar…
La ley confunde institucionalidad por instituciones:
Es un objetivo de la Seguridad Soberana el fortalecimiento de las instituciones de gobierno.
El fortalecimiento de las instituciones de gobierno, por acción del ejército, es algo muy peligroso, y completamente contrario al fortalecimiento de la institucionalidad.
Es una amenaza a la Seguridad Soberana cualquier acto ilegal que atente contra la existencia del Estado nicaragüense y sus instituciones.
Entre el Estado y la nación, siempre debe prevalecer la nación, o los derechos ciudadanos, cualquiera que sea el orden legal. Esta iniciativa de ley pretende lo contrario. Toda iniciativa sobre seguridad nacional, de parte de un Estado absolutista, encierra una amenaza para la nación.
Es prohibido interceptar e intervenir comunicaciones telefónicas, postales, electrónicas o de cualquier otro sistema de transmisión de información, así como archivos, registros y documentos privados, sin la autorización expresa otorgada por la instancia judicial competente en los términos y formalidades establecidas por la ley.
Pero, el Ministerio Público es parte de este sistema de seguridad liderado por el ejército, de manera, que todas las intervenciones ilegítimas del ejército serán autorizadas –por definición- por la instancia judicial, con lo cual, siendo ilegítimas, cumplirían con esta ley.
Las actividades para la obtención de información deben hacer uso de medios legales que se adecúen a los objetivos previstos en la presente ley.
No es esta ley la que se adecúa al orden legal, sino, al inverso. De modo, que cualquier medio de obtención de información, será legal por antonomasia.
Esta ley, por un lado, une la suerte del ejército a la cada vez más anacrónica suerte de Ortega y, por otro lado, hace que el patriota deba convertirse en un conspirador profesional.
Ingeniero eléctrico