SAN JOSÉ/IPS-. Tras 15 años de prohibición y más de dos de desacato a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), finalmente Costa Rica vuelve a permitir la técnica de fecundación in vitro para las parejas y mujeres solas que lo soliciten. Los sectores conservadores forzaron esta restricción única en el mundo a los derechos reproductivos, que el jueves 10 quebró un decreto del presidente Luis Guillermo Solís, destinado a cumplir el fallo de la Corte y superar escollos para hacerlo que se han impulsado desde los poderes judicial y legislativo.
"Esto era una discriminación. La prohibición era nada más para los que no tenían recursos para hacerlo fuera del país o para los que no estaban dispuestos a hipotecar su casa o pedir préstamos para poder realizar este anhelo", explicó el abogado Hubert May, que ha asistido a algunas de las 12 parejas que demandaron al país ante la Corte.
En noviembre del 2012, la CorteIDH condenó al país por la prohibición del uso de la técnica de fecundación in vitro (FIV) y le ordenó habilitarla en un plazo de seis meses, pero la oposición de sectores conservadores atrasó el acatamiento y empañó la imagen de Costa Rica en materia de derecho internacional.
El decreto rubricado por Solís regula la técnica y encomienda su ejecución al sistema de salud pública, garantizando así que las parejas de menos recursos podrán acceder a ella. May considera que el decreto "viene a solventar la discriminación" pues abre el camino para que la estatal Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) suministre este método reproductivo en sus servicios regulares.
La FIV es una técnica de reproducción asistida en que los óvulos de una mujer son removidos de sus ovarios y son fertilizados con esperma en un procedimiento de laboratorio. Después, el óvulo fecundado es devuelto al útero de la mujer.
En su sentencia del 2012, la CorteIDH detalló que "Costa Rica es el único Estado en el mundo que prohíbe de manera expresa la FIV", lo que perjudica directamente a las mujeres y parejas locales. En América Latina se realizó por primera vez en 1984, en Argentina. Una de las afectadas es Grettel Artavia Murillo, quien junto a su entonces esposo contrajo varias deudas para tratar su infertilidad a finales de la década de los 90.
Ante la CorteIDH, su exesposo Miguel Mejías declaró que él "ya había hipotecado [su] casa, había gastado todos los ahorros que [él] tenía para poder [ellos] practicar acá la fertilización in vitro en Costa Rica" pero antes de poder llevarla a cabo, la técnica fue declarada ilegal en el país.
La FIV fue reglamentada en Costa Rica en 1995 y funcionó durante cinco años, pero se prohibió en marzo del 2000 cuando la Sala Constitucional invalidó la norma que la regulaba. Cinco de los siete magistrados de este órgano de la Corte Suprema de Justicia costarricense argumentaron que esa norma violaba el derecho a la vida puesto que "en cuanto ha sido concebida, una persona es una persona y estamos ante un ser vivo, con derecho a ser protegido por el ordenamiento jurídico".
Ante esta prohibición, Artavia y Mejía, junto con otras 11 parejas, elevaron en 2001 el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que después de una década llegó a la CorteIDH. Los dos organismos componen el sistema autónomo de derechos humanos de la Organización de Estados Americanos. Un año después, la CorteIDH, con sede precisamente en San José y cuyos fallos son inapelables y teóricamente de obligado cumplimiento, dio la razón a los demandantes.
"Esa visión (de la Sala Constitucional) no la compartió la CorteIDH, que consideró que la protección a la vida comenzaba con la implantación del óvulo fecundado en el útero", apuntó May. Además, culpó al Estado de vulnerar derechos como los de la vida privada y familiar, la integridad personal, la salud sexual, la no discriminación y acceso al progreso tecnológico.
Para este abogado y otros especialistas en el caso, la posición del máximo tribunal costarricense responde a la visión extremadamente conservadora de la jerarquía de la Iglesia Católica y de otras religiones cristianas de creciente peso en el país.
Esta nación centroamericana de 4,7 millones de habitantes gusta definirse como una abanderada de los derechos humanos en foros internacionales, pero el tema de la fecundación in vitro empañó esa imagen al tomarlo como bandera esos sectores conservadores.
La discusión en la Asamblea Legislativa para regular la FIV mediante una ley se entrabó por más de dos años, ante la oposición de diputados evangélicos y conservadores. El 3 de este mes, la CorteIDH celebró una audiencia pública sobre el cumplimiento de su sentencia, donde el Ejecutivo planteó su voluntad de normarlo por un decreto, lo que las organizaciones de la sociedad civil ven como una salida razonable ante la inviabilidad de resolverlo por una ley.
"Sabemos que en la Asamblea Legislativa no hay manera de avanzar en temas claves, prácticamente todo lo que sean derechos sexuales y reproductivos", dijo a IPS la abogada Larissa Arroyo, especializada en estos derechos.
Arroyo recordó que en un tema como el de la FIV el tiempo es vital, puesto que los años fértiles de las mujeres acaban pronto y apuntó que "prácticamente todas las víctimas perdieron el chance" de tener hijos mediante esta técnica.
Límite de óvulos fecundados
Durante la semana que transcurrió entre la audiencia de cumplimiento y la firma del decreto, el gobierno consultó al Colegio de Médicos de Costa Rica y a la CCSS. Ambos avalaron el fondo del decreto, pero la segunda aclaró que prefería una ley y alertó que requerirá recursos adicionales, por cuanto cada tratamiento cuesta unos 40.000 dólares.
El decreto limita a un máximo de dos los óvulos fecundados que pueden implantarse en la mujer. En el mismo lapso de tiempo, la discusión legislativa se complicó aún más. Mientras un grupo de legisladores intentaba agilizar la aprobación de la ley reguladora de la FIV, otro insistía en condenar esa técnica por "atentar contra la vida" de los no nacidos, con consideraciones que asimilaban el método con el holocausto de judíos por el nazismo.
"Los grandes campos de exterminio pasaron de la Alemania nazi a la Costa Rica en la que hoy estamos viviendo, los grandes campos de exterminio pasaron de la Alemania nazi a la Costa Rica de la administración Solís", llegó a espetar el diputado evangélico Gonzalo Ramírez, del conservador Partido Renovación Costarricense.
Ante este panorama y la imposibilidad del avance legislativo, organizaciones como el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL, en inglés) celebraron que el decreto planteado permite un "acceso universal" en el país y un "respeto por el principio de igualdad".
Sin embargo, su directora para América Central y México, Marcia Aguiluz recomendó esperar hasta ver la técnica funcionar. "El decreto cumple con el estándar, pero es apenas un primer paso. Hasta que la práctica no se empiece a desarrollar no podemos decir que hay cumplimiento", apuntó la costarricense Aguiluz.
Abogados de la Presidencia aseguraron que el texto está pertrechado jurídicamente contra eventuales impugnaciones. Esta sentencia representa el segundo fallo contra Costa Rica en la historia de la CorteIDH. El otro se produjo en 2004, fue por castigar penalmente al periodista Mauricio Herrera y el país debió promulgar nueva legislación en materia de libertad de expresión tras la sentencia.