24 de octubre 2020
La pena de prisión perpetua en Nicaragua será aplicada para la persona condenada por delitos graves, cuando concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas, que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación o repugnancia en la comunidad nacional, según el proyecto de ley.
La iniciativa propone una reforma parcial al artículo 37 de la Constitución que fija en 30 años la pena máxima en Nicaragua.
La enmienda mantiene que “no se impondrá pena o penas que, aisladamente o en conjunto, duren más de 30 años”, sin embargo, agrega excepciones para los casos de delitos graves, si en los mismos concurren circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas.
La ley de la materia, es decir el Código Penal, que también tiene que ser reformado, determinará y regulará su aplicación, según el texto.
El argumento del orteguismo
En su exposición de motivos, los 70 diputados sandinistas y sus aliados en la Asamblea Nacional, que son los promotores de la iniciativa, justifican la instauración de la prisión perpetua a que “en estos momentos la nación se encuentra preocupada y consternada por el incremento de crímenes crueles, inhumanos, degradantes y de odio”.
Esos crímenes, aseguran, “han causado grandes impactos, conmoción, rechazo, indignación y hastío entre los nicaragüenses que claman por la aplicación de una pena excepcional para los responsables que cometen dichos crímenes, ya que son fenómenos o acciones extrañas a nuestra cultura”.
“Por ello, merece especial atención y consideración instaurar una política criminal rigurosa para ciertos hechos delictivos de gravedad excepcionales, que se requiere de intensificación de la pena, como respuesta inmediata por parte del Estado para prevenir, sancionar y erradicar los crímenes crueles, degradantes e inhumanos y de odio”, continúan.
Asimismo, consideran que “algunas veces la pena no corresponde con la caracterización de” esos crímenes, “acaecidos últimamente, sin el menoscabo de las víctimas que en su mayoría pertenecen a los grupos de personas que se encuentran en circunstancias de vulnerabilidad”.
Oposición: Leyes represivas
El Gobierno, a través de su vicepresidenta, Rosario Murillo, anunció el mes pasado que orientaron “penalizar con prisión a cadena perpetua a quienes cometan estos delitos que tipificamos crímenes de odio, crueles, aberrantes, humillantes y denigrantes que no corresponden a la cultura nicaragüense”.
Murillo puso como ejemplos de “crímenes de odio” el asesinato de dos niñas de 12 y 10 años, así como el de dos mujeres, ocurrido en septiembre, aunque no estableció una definición, lo que ha causado el rechazo de diversos sectores del país, que consideran puedan usar esa figura con fines políticos.
Grupos opositores han dicho que esa propuesta de cadena perpetua, más la ley de ciberdelitos, y la de agentes extranjeros, son la “nueva modalidad de represión” estatal en el marco de la grave crisis que vive el país desde abril de 2018.
Según la Coalición Nacional, el Ejecutivo está promoviendo leyes que serán usadas contra sus oponentes, críticos y prensa independiente, con el fin de intimidar, acallar y neutralizar la disidencia y las voces críticas.
Expertos constitucionalistas han explicado que para establecer la cadena perpetua se debe hacer una reforma a la Constitución, misma que, según el proceso legal, debe ser solicitada por el presidente o por un 30% de los diputados de la Asamblea Nacional, pasar una etapa de revisión de 60 días a cargo de una comisión especial.
Posteriormente debe obtener la mayoría calificada de votos en dos legislaturas, que los reúnen los sandinistas, más reformas al Código Penal.
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