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Bipartidismo y dictadura en Nicaragua

Quienes aspiran a participar en las elecciones de 2021 deben luchar por una reforma que desmantele el sistema bipartidista de los últimos 20 años

Cuando se tiene una base tan abrumadora y poderosa como ésta azul blanco

Bonifacio Miranda Bengoechea

30 de junio 2020

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La actual dictadura no surgió de la nada, es una dolorosa repetición en nuestra historia, producto de una lenta y tortuosa involución del inestable régimen político que se inauguró en 1990. Si aspiramos a desmantelarla, necesitamos conocer sus orígenes y cuáles fueron las principales causas políticas y sociales que permitieron reeditar este régimen opresivo.

Corporativismo y dictadura somocista

La dictadura somocista tuvo varias fases en su desarrollo. En ninguna de ellas gobernó en solitario, siempre tuvo como aliado a las diferentes facciones del Partido Conservador. Sin embargo, este sistema bipartidista nunca fue entre fuerzas iguales. Somoza García tenía la ventaja de controlar la GN como un ejército particular, que le permitió imponer, primero, la hegemonía del Partido Liberal Nacionalista (PLN) y, después, una dictadura sobre su aliado y el resto de la sociedad.

La Constitución de 1939 introdujo los rasgos corporativistas del nuevo régimen. En sus disposiciones transitorias, institucionalizó por primera vez la repartición de cargos, al establecer que Cámara del Senado estaría compuesta por 15 senadores “debiendo recaer la elección en once Representantes del partido de mayoría y en cuatro del partido de minoría”.

Este corrupto sistema de repartición de los cargos a favor del partido de la minoría se mantuvo incólume en las Constituciones de 1948 y 1950. Con el pacto Kupia Kumi de 1971, entre Fernando Agüero y Anastasio Somoza Debayle, que permitió la aprobación de la Constitución de 1974, aumentó la cuota de participación del partido de la minoría de un tercio al 40% de los cargos principales


El nombramiento de los funcionarios públicos conforme la cuota establecida, correspondía a la “Junta Directiva Nacional y Legal” del partido de la minoría.  Con esta disposición, vigente desde de 1950, se consolidó la cultura del oportunismo y del clientelismo político, en detrimento de la capacidad y probidad de los funcionarios públicos.

Abolición del bipartidismo, pero…

La Constitución de 1974 fue derogada por el artículo 3 del Estatuto Fundamental, pero fue hasta la publicación del Estatuto de Derechos y Garantías el 17 de septiembre de 1979 que por primera vez en nuestra historia se reconoció el derecho a “organizar partidos o agrupaciones políticas, o formar parte de ello”. Fue una enorme conquista democrática.

Sin embargo, la posposición de elecciones generales convirtió en letra muerta el postulado del multipartidismo. Bajo la revolución (1979-1990) se instauró un régimen totalitario que fue utilizado como justificación por el gobierno de Estados Unidos para brindar apoyo militar al ejercito contra. Las elecciones de 1984 se realizaron bajo el contexto de una guerra civil que limitaba la participación democrática. En 1987 se promulgó una polémica Constitución que, aunque consagró el multipartidismo, reeditó el régimen presidencialista y absolutista de la época del general José Santos Zelaya.

La lenta restauración del bipartidismo

Antes de finalizar el gobierno de Violeta Chamorro, se produjo la reforma constitucional de 1995 que limitó los excesivos poderes del Presidente de la República, y amplió las facultades de la Asamblea Nacional. A pesar de esta democratización parcial del sistema político, el Consejo Supremo Electoral (CSE) y la Asamblea Nacional, acumularon enormes poderes, sin ningún tipo de control de parte de la ciudadanía.

Se establecieron dos vueltas electorales para garantizar un gobierno de mayoría, pero este sistema, que nunca se ha aplicado, era una transición hacia el bipartidismo en la medida en que al final de cuentas la ciudadanía se acostumbraría a escoger entre dos grandes contendientes

La reforma constitucional del año 2000, producto del pacto entre Arnoldo Alemán y Daniel Ortega del año 1999, fue un gran salto hacia atrás, al crear las bases de un nuevo bipartidismo. El abominable concepto del “partido de la minoría” no fue incluido en el texto de la Constitución, pero todo el comportamiento político en los hechos fue de repartición de cargos entre dos fuerzas políticas, el FSLN y el PLC. La reforma constitucional del año 2000 amplió la composición de los poderes y órganos constitucionales, precisamente para proceder a la repartición de cargos.

Se estableció que los expresidentes podían ocupar una diputación, copiando parcialmente el artículo 127 de la Constitución de 1974. Se debilitó el sistema de dos vueltas electorales, reduciendo el requisito del 45% al 35% si el margen entre el primero y segundo lugar era de 10 puntos.

Se le otorgó al CSE la facultad de cancelar la personalidad jurídica a los partidos que no obtuvieran el 4% de los votos en las elecciones generales. Los partidos minoritarios ya no tuvieron la oportunidad de sobrevivir y crecer. Es muy difícil crear nuevas fuerzas políticas, la ciudadanía quedo prisionera en la cárcel del bipartidismo. El pacto Alemán-Ortega propinó un golpe mortal al frágil multipartidismo que comenzaba a desarrollarse después de 1990.

La Ley Electoral del año 2000

La Ley Electoral del año 2000, vigente todavía, derogó el derecho de la ciudadanía a presentar candidatos a través de las Asociaciones de Suscripción Popular (ASP), y estableció muchas restricciones para la conformación de nuevos partidos políticos, y duras exigencias a los partidos existentes.

Conforme el artículo 16 de la Ley Electoral, serán nombrados “(…) El Presidente con su respectivo Suplente de cada Consejo Electoral y de Juntas Receptoras de Votos, alternativamente de entre los partidos políticos que hubiesen obtenido el primero y segundo lugar, en las últimas elecciones generales que se hayan celebrado (…)”.

Esta disposición es absolutamente inconstitucional porque contradice el principio de igualdad ante la ley. De igual manera, el artículo 63, numeral 8, de la Ley Electoral, estableció que los partidos políticos estaban obligados a “(…) Participar, bajo pena de perder su personalidad jurídica sino lo hiciere, en todas las elecciones a través de la presentación de las respectivas candidaturas”.

En el mismo objetivo estratégico de establecer el bipartidismo, el artículo 80 de la Ley Electoral obliga a las alianzas electorales a participar en la casilla de un partido nodriza, no pueden elegir un nombre, bandera o emblema propio de la alianza. No pueden existir alianzas electorales parciales, sino que deben ser totales.

El bipartidismo instaurado en el año 2000 le permitió al FSLN convertirse en el partido del segundo lugar, para después, desde el control del CSE recuperar la mayoría de las alcaldías y finalmente el gobierno en 2007, imponer su hegemonía e instaurar una dictadura y un corporativismo directo con el gran capital, sin intermediarios, con la famosa política de diálogos y consensos, que quedo plasmado en la reforma constitucional del 2014.

La guillotina del transfuguismo

Y para consolidar ese excluyente modelo bipartidista, en la reforma constitucional del año 2014 se agregó un párrafo en el artículo 131 de la Constitución que contiene una aberrante disposición en torno al transfuguismo: “Los funcionarios electos mediante sufragio universal por listas cerradas propuestas por partidos políticos, que se cambien de opción electoral en el ejercicio de su cargo, contraviniendo el mandato del pueblo elector expresado en las urnas, perderán su condición de electo debiendo asumir el escaño su suplente”.

Se otorgó a la directiva nacional de los partidos políticos existentes un título de propiedad sobre las diputaciones. Esta disposición es aplicable a las alianzas electorales. Quienes aspiran a participar en las elecciones de 2021 deben proteger su cuello, o luchar decididamente por una sustancial reforma constitucional y electoral que desmantele el sistema bipartidista de los últimos 20 años.

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Bonifacio Miranda Bengoechea

Bonifacio Miranda Bengoechea

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