11 de febrero 2020
La Administración de Daniel Ortega envió a la Asamblea Nacional –con trámite de urgencia– cuatro iniciativas de ley para crear un cuarteto de empresas que –sin decirlo expresamente– se harán cargo de seguir operando el multimillonario negocio de importación y distribución de hidrocarburos que antes realizaba la sancionada Distribuidora Nicaragüense de Petróleo (DNP).
El 13 de diciembre pasado, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, aplicó las sanciones contenidas en la NICA Act, a Rafael Ortega Murillo y tres empresas bajo su administración, incluida la DNP, lo que podría representar pérdidas para la familia gobernante, de entre 70 y 100 millones de dólares anuales, según el abogado opositor, Eliseo Núñez.
Aunque la primera reacción del mandatario fue nacionalizar la empresa y sus inventarios, para poder comercializar las reservas de combustible que tenían en existencia, ya desde entonces resultaba evidente que “sin la capacidad de los tanques de DNP, no se pueden sostener los volúmenes de importación y por tanto de suministro”, aseguró a CONFIDENCIAL desde el anonimato, un economista que conoce cómo funciona el negocio petrolero en Nicaragua.
Eso podría cambiar a partir del momento en que la aplanadora oficialista en la Asamblea apruebe las cuatro iniciativas de ley con las que el régimen pretende crear cuatro entidades, comenzando por la Empresa Nicaragüense de Planteles de Almacenamiento y Distribución de Hidrocarburos (Eniplanh).
Las otras tres son la Empresa Nacional de Exploración y Explotación de Hidrocarburos (ENIH; parecen haber tenido un lapsus con respecto a las siglas); la Empresa Nicaragüense del Gas (Enigas), y la Empresa Nicaragüense de Importación, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos (Enicom).
El patrimonio de las nuevas empresas
Los textos legales las definen como empresas públicas descentralizadas del Estado, con autonomía técnica, administrativa y financiera, de giro comercial y del dominio del Estado nicaragüense… bajo la rectoría sectorial del Ministerio de Energía y Minas, (MEM).
Del mismo modo, se ordena que las empresas a crear, incluyan dentro de su patrimonio “los bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones u obligaciones que actualmente pertenecen a cualquier institución o empresa del Estado”, que esté relacionada directa o indirectamente con las actividades en las que se especializará cada empresa.
El economista citado antes advierte que “la producción de gasolinas y diésel están casi al máximo de la refinería”, lo que es insuficiente para satisfacer el consumo actual, por lo que es necesario que las capacidades de almacenamiento de DNP pasen a otra empresa, razón exacta por la que se crea Enicom.
Esta “deberá realizar las gestiones pertinentes y garantizar reservas suficientes y permanentes de combustibles que permitan el funcionamiento adecuado de los servicios básicos a la población, entre ellos agua potable, energía y transporte”.
En el caso de Enigas, se señala específicamente que esta será la “sucesora legal sin solución de continuidad de Petrogas”, en referencia a la unidad de negocios y marca comercial del mismo nombre, propiedad de la Empresa Nicaragüense de Petróleos (Petronic), que distribuye gas licuado de petróleo (GLP).
Cada empresa tendrá una junta directiva integrada por un presidente, un secretario (que también será su director ejecutivo), un tesorero y un vocal. Todos serán nombrados por el presidente de la República, con la distinción que el presidente de la junta directiva tendrá rango de ministro.
Nacen blindadas y "bendecidas"
Las empresas a crear nacen con un blindaje fiscal en apariencia inexpugnable, toda vez que se advierte que su patrimonio “es inembargable y está exento del pago de todo tipo de tributos, tasas, cánones, derechos, regalías, contemplados en la legislación nacional, sea ordinaria o especial; sean estos nacionales, municipales y de cualquier tipo, tanto en sus bienes muebles o inmuebles, rentas participaciones, utilidades, compraventa que realice, y servicios prestados”.
También se detalla que están exentas “de todos los tributos y derechos que graven la importación o compra local de maquinarias, equipos, materiales, insumos y demás bienes destinados exclusivamente al cumplimiento de sus objetivos y funciones”.
De paso, se ordena traspasarles todo el personal que requieran, “de cualquier institución o empresa del Estado”, los que, se aclara, no recibirán liquidación de prestaciones, aunque pasarán a la nueva empresa “gozando de los derechos salariales y de antigüedad laboral adquiridos previamente”.