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La persecución política como crimen de Estado

Las acusaciones penales anunciadas el 26 de agosto de 2021 evidencian una declarada intención de anulación del enemigo político

Michael Reed Hurtado

28 de agosto 2021

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El régimen Ortega-Murillo persigue a las personas y a las colectividades que se le opongan –estos son sus enemigos.  Lo hace por distintos medios: algunos informales y subrepticios (y a menudo violentos) y otros derivados de su control sobre el Estado partido (violencia reglada, al fin y al cabo). Bajo el manto de la ley, el régimen adelanta una política de persecución que anula a la ciudadanía y cierra todo espacio cívico en el país.

De manera gradual, la violencia y la arbitrariedad penetran todo el cuerpo político. Además, ante la escalada de persecución se profundiza el credo ideológico que justifica las acciones abusivas. Así, se da lugar a un recorrido por una espiral que no parece tener marcha atrás.

Desde hace décadas, la persecución política ha hecho parte del ejercicio del poder en Nicaragua. Muchos integrantes del régimen actual sufrieron la persecución cuando militaban en la izquierda revolucionaria. Hoy adoptan formas represivas que, en antaño, deploraron y acogen formas de poder totalitario que supuestamente combatieron para erigir una Nicaragua libre. De esa aspiración solo quedan las cenizas y un discurso rancio.

El régimen Ortega-Murillo rige a golpe de arbitrariedad e irradiación del miedo. Extiende un régimen de favores y prebendas a los que considera fieles seguidores o a quienes logra comprar, y profundiza su escarmiento, control y castigo en relación con quienes no sigan la línea oficial.


Las expresiones de este tipo de dinámica son variadas en naturaleza y en grado, y se reflejan en una amplia gama de conductas que combinan incentivos y sanciones, incluyendo: discursos que alaban para producir euforia entre seguidores o que estigmatizan a ciertos grupos para definir blancos de persecución; prebendas económicas para los amigos (desde migajas repartidas en lo local hasta contratos multimillonarios), y despidos y ostracismo para los que no se portan bien; y protecciones policiales y judiciales para los amigos y acecho y cárcel para los enemigos. El repertorio de acciones es variado: algunas copian las formas violentas propias de la época insurgente, otras reflejan formas pandilleriles, otras toman formas prestadas de captores del Estado, otras emulan al crimen organizado, y otras se camuflan en la formalidad de la acción estatal.

Años de abuso de poder han producido un acumulado de discriminación, intimidación, acoso, destierro, expropiación, encierro y muerte, bajo manto de ley e impunidad, que es usado para gobernar. Es un régimen que persigue, que coarta, que destruye y que carcome. Puesto en términos sencillos: es un régimen que da miedo.

Hannah Arendt advirtió (1969) que el poder y la violencia son opuestos. “(D)onde uno domina absolutamente falta el otro. La violencia aparece donde el poder está en peligro, pero confiada a su propio impulso, acaba por hacer desaparecer al poder”. Arendt insistía que a quienes se les desliza el poder de las manos –y a Ortega y a Murillo se les escapa– la tentación de utilizar la violencia termina por derruir cualquier semblanza de poder público.

En los últimos meses, la política de persecución quedó plasmada de manera explícita en un marco legal.  La ley 1055 identifica los blancos de la persecución como todas las personas que se consideren “traidores de la patria”; según el credo oficial, ellas deben ser perseguidas. “Traidores de la patria” son todas aquellas personas que piensen o actúen en detrimento del mundo según Ortega y Murillo.

El reflejo (aparentemente caricaturesco) de quién es objeto de persecución es bastante fiel a la realidad. El margen o el campo de acción para el ejercicio de las libertades de pensamiento y de opinión en Nicaragua es ínfimo, y se reduce de manera progresiva. Ser disidente, ser necio, ser pensador, ser-diestro-o-zurdo-pero-no-orteguista es suficiente para ser blanco de persecución.

El abuso impune y el respaldo oficial a todo lo que les haga daño a los enemigos del régimen producen un ambiente coercitivo orientado a conseguir el control totalitario sobre los que quedan.

En el marco de este contexto, rigen Ortega y Murillo, a golpe de miedo e intimidación, y en clave de salvación nacional.  Con discurso patriotero y rancias fórmulas de la soberanía, buscan ejercer el control sobre el pensamiento y la acción social:  imponen el delirio del Gran Hermano (que tanto dice odiar el dúo regidor).

La persecución del enemigo mediante el derecho penal

Además de anular a la oposición política y social a golpe de rescindir y cancelar permisos y licencias burocráticas de operación o amenazar hasta forzar la censura o el exilio, el régimen también disfraza la persecución con las formas del derecho penal.

Lo ha hecho desde 2018 procesando y condenando a centenares de personas sin fundamento y sin garantías. De hecho, hay mas de cien personas que están presas, algunas desde 2019, como resultado de montajes judiciales y causas que evidencian violaciones manifiestas al debido proceso. Todos estos casos demandan atención inmediata. Al margen de que medien condenas, sus casos, de reunir ciertas condiciones, constituirían violaciones graves a los derechos humanos que acarrean la responsabilidad internacional del Estado.

De manera manifiesta y estrenando formas nuevas, el régimen orquestó en los últimos meses una renovada campaña de persecución por vía penal. Apelando a la soberanía nacional y un inventado estado de emergencia, socavó todas las garantías procesales instituyendo la detención bajo régimen de incomunicación para investigar a sus enemigos (ley 1060), y usa toda la fuerza del Estado partido –visiblemente a la Policía, al Ministerio Público y a jueces y otros funcionarios judiciales– para fabricar cargos y condenar a sus enemigos. Instituyó un régimen punitivo caracterizado por la flexibilización de los caros estándares del debido proceso y por una finalidad de persecución política.

Aunque la reciente campaña de persecución penal no sea la primera, las acusaciones anunciadas el 26 de agosto de 2021 (que corren cuerdas procesales variadas) evidencian una declarada intención de anulación del enemigo político. Son muestra del derecho penal de enemigo: una forma de realizar la guerra por medio del derecho.

En el mundo de Ortega y Murillo, esto es guerra y es de suponer que, para ellos, el disfraz de derecho es una artimaña que consideran ingeniosa y eficaz –pero no es más que autoritarismo manifiesto.

El derecho penal de enemigo se conoce como un esquema punitivo que se caracteriza por el combate a una determinada categoría de individuos, a quienes se identifica como enemigos, desconociendo su humanidad y sus derechos (Jakobs 2003). Para los persecutores, los enemigos son una amenaza al orden, no solo incidental, que deben ser extinguida. En su visión, el derecho penal se puede doblar y torcer, no solo para perseguir conductas dolosas sino para combatir riesgos y peligros que son nominados políticamente. Se trata de una estrategia de guerra contra los que se consideran transgresores; opera con camuflaje o disfraz legal y busca la anulación del enemigo.

Las rutas y las formas del derecho penal son engorrosas. Los trámites y las disposiciones se adornan con un lenguaje enredado que excluye y brinda manto de formalidad. El derecho penal de enemigo se aprovecha del camuflado y hace la guerra sucia apartándose de todas las garantías judiciales, por ejemplo, anulando la igualdad de armas que debe regir el proceso penal; neutralizando los controles y permitiendo la fabricación de pruebas; y acudiendo a figuras delictivas que persiguen castigar conductas que no lesionan intereses jurídicos que merecen protección o que anticipan la lesión a un bien jurídico. En términos sencillos, todo se monta para castigar al enemigo.

En el mundo de Ortega y Murillo hay un laberinto en el que sus alfiles usan las formas del derecho penal y los enemigos no tienen salida. Las acusaciones recientemente anunciadas por el Ministerio Público –y las que vendrán– constatan el uso del derecho penal de enemigo, la violación de principios básicos del Estado de derecho y la ejecución de actos persecución que constituyen elementos de conducta criminal que merece reproche internacional.

Este es el mundo del no-derecho; es muestra más de la práctica de persecución que se configura como un crimen de Estado.


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