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Lesionados por la covid-19 en el abandono del Seguro Social

Asegurados con secuelas por coronavirus están desprotegidos por el INSS, que no reconoce covid-19 como enfermedad profesional, ni siquiera a médicos

Confidencial Digital

20 de marzo 2021

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‘Gustavo’ enfrenta un dilema: solicitar una pensión de invalidez al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), o pedir que lo cambien de área en su trabajo. Él es un sobreviviente de covid-19, pero sus pulmones quedaron dañados en el 80% y depende de un tanque de oxígeno para respirar. Su encrucijada es porque la pensión que le correspondería es “insuficiente” para solventar sus pagos mensuales, ahora más abultados por los gastos que representan las secuelas que le dejó la covid-19, y por esas mismas secuelas ya no puede trabajar como antes.

Este hombre alto, moreno, robusto y de unos cincuenta años, se enfermó de covid-19 en su trabajo: uno de varios call centers en un edificio corporativo de Managua. “Mi rutina era de la casa a la oficina, de la oficina a la casa. Cuando me comenzaron los síntomas, tomé muchos analgésicos para que no se enteraran. Tenía miedo que me corrieran”, relata el ciudadano que pide omitir su nombre para evitar problemas en su empresa o con el INSS. Enfermo y con gastos fijos, no le cabe un problema más.

‘Gustavo’ fue hospitalizado el 27 de mayo de 2020, en el Hospital Monte España, de Managua. No le dijeron que tenía covid-19, sino una neumonía severa. “Cuando me hicieron el hisopado, salió ‘indeterminado’, ni positivo, ni negativo”, subraya. Pero en el hospital estuvo casi un mes y medio. Fue dado de alta hasta el 10 de julio.

Ahora, el neumólogo que lo atiende le advirtió que su período con subsidio laboral está pronto acabarse. El INSS establece que el subsidio por enfermedad común tiene un “máximo” de 52 semanas o 13 meses.

Pensiones son diferentes


‘Gustavo’ oficialmente no ha pedido la pensión por invalidez. En el INSS le indicaron que recibiría una pensión mensual de 4000 córdobas al mes, porque su salario mensual era de unos 14 500 córdobas, y él aún no completa la edad ni las semanas mínimas para jubilarse.

El experto actuarial Manuel Israel Ruiz calcula que a ‘Gustavo’ le corresponde recibir una pensión de invalidez de 5400 córdobas, pero la cifra sería superior si en Nicaragua la covid-19 fuera reconocida como una enfermedad profesional. En ese caso, ‘Gustavo’ recibiría una pensión de aproximadamente 8700 córdobas.

La ley establece que, en caso de “incapacidad” por enfermedades profesionales, los asegurados deben recibir una pensión similar al 60% de su salario promedio en los últimos tres años. Sin embargo, en el caso de enfermedades comunes —como en la que está clasificado el caso de ‘Gustavo’— solo reciben una pensión del 40% del salario promedio, con la única salvedad de que el monto no puede ser menor al salario mínimo de la actividad económica a la que asegurado se dedicaba.

Desde mediados de 2020, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estableció que “si se contrae por exposición en el trabajo, la infección por covid-19, podría considerarse como un accidente del trabajo o una enfermedad profesional”, y agrega que los trabajadores que se contagian durante sus labores “deberían tener derecho a atención de salud y, en la medida en que estén incapacitados para trabajar, a prestaciones monetarias o una indemnización”. Pero los asegurados nicaragüenses están desprotegidos.

Atropellos y desamparo contra asegurados

Ruiz considera que el Gobierno comete un atropello contra los trabajadores al no reconocer la covid-19 como una enfermedad profesional. El Gobierno, de hecho, ha impuesto como política pública la negación de la pandemia.

Al cumplirse el primer año de la covid-19 en Nicaragua, el régimen orteguista únicamente admite 6602 contagios de coronavirus, mientras el registro independiente del Observatorio Ciudadano COVID-19 reporta 13 278 casos sospechosos.

‘Gustavo’ no tiene “ni idea” en cuál estadística ha sido incluido. El nombre de covid-19 nunca ha aparecido en sus documentos del hospital o del INSS.

La única certeza que tiene es que pasó 52 días en el hospital y que el neumólogo le dijo que ya no puede trabajar.

“Estaba en el área de servicio al cliente, pero ya no puedo seguir ahí; cuando habló mucho me agarra la tos y siento que me ahogo”, describe. ‘Gustavo’ carga un pequeño tanque de oxígeno móvil para trasladarse, por lo que cree que con ese artículo podría “funcionar” en otra área de la empresa, donde no requieran que “hable mucho”.

Él espera que la empresa acepte cambiarlo de área, sino tendrá que declararse “invalido” ante el INSS, y ver “qué hace” desde su vivienda.

“Con una pensión no puedo vivir; pagó más de 150 dólares en alquiler de la casa, más los servicios básicos y mi comida. Además, tengo que pagar la medicina que no cubre el INSS y los tanques de oxígeno, que suman más de 500 dólares al mes”, detalla. La pensión que el Seguro Social le daría no supera los 5000 córdobas, eso equivale a menos de 200 dólares al mes.

También afectan pensiones de viudas y huérfanos

El Gobierno, asegura Ruiz, también comete otra arbitrariedad al negar la existencia de la enfermedad en las epicrisis de los pacientes.

“Al no poner que es covid en la epicrisis se le está quitando un derecho a los trabajadores”, apostilla el experto.

En el primer año de la pandemia en Nicaragua, el régimen orteguista solamente reconoce 176 muertes vinculadas a la covid-19, mientras el monitoreo del Observatorio Ciudadano reporta más de 3000 decesos y los análisis de sobremortalidad calculan más de 9000 fallecidos entre marzo y diciembre de 2020.

La OIT establece que “los familiares a cargo (cónyuge e hijos) de la persona que muere por la enfermedad de la covid-19, contraída en el marco de actividades relacionadas con el trabajo, deberían tener derecho a recibir prestaciones monetarias o una indemnización, así como una asignación o prestación funeraria”.

Ruiz explicó que existen dos tipos de muertes para los asegurados: “muerte común” —que incluye fallecimientos por enfermedades o accidentes—, y la “muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional”. En ambos casos se brinda una pensión para los deudos, equivalente al 50% de la pensión del fallecido, para los conyugues; y un 25% para los descendientes o ascendientes.

“La muerte común requiere que la persona haya cumplido tres años de cotización o 250 semanas cotizadas, no importa si está cesante. Alrededor de él hay un escudo, ya su esposa, hijos y ascendencias (padres, madres o abuelos dependientes) tienen derecho a una pensión”, detalla el especialista.

“Cuando es un accidente de trabajo o enfermedad profesional no se requiere de períodos cotizados, porque el accidente de trabajo puede ocurrir de manera inmediata; o contraer una enfermedad a corto plazo. El covid-19 es un ejemplo clásico”, explica Ruiz.

La diferencia de ambos tipos de muerte está en la pensión que reciben los deudos. El experto ejemplifica que si el asegurado ganaba 20 000 córdobas y fallece de covid-19, la viuda debería recibir una pensión de 6000 córdobas y sus descendientes o ascendientes 3000 córdobas cada uno.

Sin embargo, como el Gobierno se ha negado a reconocer los casos de covid-19, el INSS establece que los fallecimientos por coronavirus son por “muerte común”, entonces los deudos reciben menos. En el caso de los 20 000 córdobas, la viuda recibiría 2000 y sus descendientes o ascendientes 1000 córdobas cada uno.

Trabajadores de la Salud también desprotegidos

El desamparo del INSS hacia los asegurados, también alcanza a los trabajadores de la Salud, expuestos directamente a la pandemia.

La muerte del médico Donis Rafael Jiménez, ocurrida el pasado seis de marzo en León, es la última conocida por los medios de comunicación y colocó en 116 el número de profesionales de la Salud fallecidos por causa de la covid-19. Sin embargo, en su último informe, el Observatorio Ciudadano, agregó un fallecimiento más, aunque no dio mayores detalles.

De acuerdo con esta red de médicos y voluntarios, que da seguimiento a la pandemia, la mayoría del personal de Salud fallecido con “sintomatología asociada o presuntiva de covid-19”, es personal médico (55); seguido de trabajadores de enfermería (24), y del área administrativa (15). También se reportan la muerte por covid-19 de ocho laboratoristas, cuatro odontólogos, tres visitadores médicos, entre otros sanitarios.

Desde marzo de 2020 hasta la fecha, se han reportado unos 885 trabajadores de la Salud con sintomatología vinculada al coronavirus; principalmente en Managua, Matagalpa, León, Estelí y Nueva Segovia.

La OIT establece que “los trabajadores de la Salud corren un riesgo particular de exposición profesional a enfermedades transmisibles como la covid-19”.

El especialista en temas de Seguridad Social afirma que “si el INSS no considera a (los fallecimientos de) los trabajadores de la Salud como muertes por enfermedad profesional, se les está afectando patrimonialmente”.

La doctora Josefina Bonilla, presidenta de la Asociación Médica Nicaragüense (AMN), indica que como agrupación “no han considerado” solicitar que la covid-19 sea clasificada como una enfermedad profesional. El Gobierno ni siquiera ha escuchado los llamados de la Asociación para garantizar equipos e insumos de protección para el personal sanitario.


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