11 de octubre 2024
Las causas pendientes del Estado de Nicaragua en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han aumentado desde octubre de 2023. Hasta entonces, el país tenía tres causas acumuladas, y a julio de 2024 las causas aumentaron a nueve. El incremento evidencia un mayor reclamo de justicia de la sociedad nicaragüense y la voluntad del sistema interamericano de evitar que estos casos queden en la impunidad, según abogados y defensores de derechos humanos consultados por CONFIDENCIAL.
Todas estas demandas contra Nicaragua, presentadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), intentan determinar la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a la vida, a las garantías judiciales, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, a los derechos políticos y a la protección judicial de las víctimas y sus familiares.
Aunque Nicaragua dejó de pertenecer a la Organización de los Estados Americanos (OEA) desde el 19 de noviembre de 2023, el país está en la obligación de responder ante las causas penales que ya estaban en trámite cuando aún era Estado parte. Nicaragua también es suscriptor de la Convención Americana o Pacto de San José, el cual reconoce la jurisdicción del sistema interamericano, explican los juristas.
Este es el recuento de las denuncias contra Nicaragua en la Corte IDH, a las que el Estado está obligado a responder y cumplir con las medidas de reparación que determine el máximo tribunal interamericano.
Asesinato del periodista Ángel Gahona
El caso Ángel Gahona vs. Nicaragua señala la ejecución extrajudicial del periodista Ángel Gahona por parte de agentes estatales y la situación de impunidad en la que permanecen los hechos. Con esta demanda se intenta determinar la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos a la vida, a las garantías judiciales, a la libertad de expresión y a la protección judicial del periodista.
El 21 de abril de 2018, durante una manifestación en Bluefields, Gahona cubría los enfrentamientos entre manifestantes y la Policía cuando fue alcanzado por un disparo. Aunque fue auxiliado por civiles, testigos aseguran que la Policía no le brindó asistencia, y el periodista falleció poco después en el hospital. Dos jóvenes, Brandon Lovo y Glen Slate, fueron condenados por su asesinato, sin embargo, fueron liberados en 2019 bajo una ley de amnistía.
La Comisión señaló que las pruebas indican que el disparo que causó la muerte del periodista provino de un agente estatal y que este hecho estuvo vinculado a su labor periodística. Luego, ordenó una serie de medidas de reparación que el Estado de Nicaragua no cumplió y por ello remitió el caso a la Corte IDH en julio de 2024.
Torturas contra abogado que denunció abuso de Daniel Ortega
El caso Santos Sebastián Flores Castillo y otros vs. Nicaragua describe el sometimiento a actos de tortura y muerte en prisión de Flores Castillo. La Corte deberá determinar la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la protección de la honra y de la dignidad y a la protección de la familia de la víctima.
Flores Castillo era un abogado y notario público, quien denunció ante el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), así como a la oficina de la Presidencia, que en el 2005, el dictador Daniel Ortega habría iniciado una relación con su hermana de quince años, con quien habría tenido una hija. A partir de dichas denuncias, comenzó una persecución contra él y toda su familia.
En 2013, Flores Castillo fue acusado y condenado a 15 años de prisión por el delito de violación agravada. Organismos de derechos humanos alegaron que se trató de un delito fabricado por venganza debido a las denuncias realizadas. Fue recluido en la cárcel La Modelo en condiciones “inhumanas” por ocho años y casi cinco meses, hasta el 8 de noviembre de 2021, cuando las autoridades estatales informaron sobre su fallecimiento en prisión.
La Comisión señaló la responsabilidad del Estado ante estos hechos y ordenó una serie de medidas de reparación que no fueron cumplidas, por lo que remitió el caso a la Corte IDH en julio de 2024.
Femicidio de Dina Carrión
El caso de Dina Carrión y otros intenta determinar la responsabilidad del Estado de Nicaragua por la falta de diligencia en la investigación de su muerte.
Dina Carrión estaba en proceso de divorcio y en custodia de su hijo cuando, en abril de 2010, fue encontrada muerta en su casa. Según denuncias hechas por su familia, la víctima sufría violencia por parte de su expareja. La familia rechazó el dictamen médico legal que había determinado que la muerte ocurrió a raíz de un suicido.
La investigación abierta por el Ministerio Público concluyó que la causa de muerte fue suicidio y archivó el caso. Posteriormente el caso fue revisado, se presentó acusación contra la expareja, pero el proceso se suspendió luego de la presentación de un amparo administrativo, el cual fue admitido por la Corte Suprema de Justicia en 2019.
La Comisión consideró que el Estado no investigó diligentemente y con enfoque de género los hechos. Se verificaron diversas irregularidades, falencias y contradicciones en las diligencias, así como la posible alteración de la escena, una inadecuada recolección y preservación de la evidencia y de atención a hallazgos en la autopsia. El caso fue remitido a la Corte IDH en febrero de 2022.
Concesión canalera en tierras ancestrales
El caso de los Pueblos Rama y Kriol, Comunidad de Monkey Point y Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields versus Nicaragua señala la falta de consentimiento libre e informado para la concesión de sus tierras para la construcción del canal interoceánico.
El caso —que fue iniciado en 2014 ante la CIDH y ha escalado en el sistema interamericano— apunta la presunta responsabilidad internacional del Estado por haber violado los derechos a la propiedad, derechos políticos, igual protección ante la ley, garantías judiciales, protección judicial y el derecho a un medio ambiente sano de nueve comunidades indígenas Rama y Kriol, así como de la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields.
Según la parte demandante, a pesar que “el 52% de la ruta del canal interoceánico” atravesaría sus territorios indígenas y afrodescendientes, el régimen de Ortega y Murillo no les consultó al aprobar, en julio de 2012, la Ley 800, Ley del Régimen Jurídico del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y de Creación de la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y, un año después, la concesión de construcción y administración del proyecto al inversionista chino Wang Jing por un período de cien años.
Aunque la concesión canalera fue cancelada en mayo de 2024, el Estado de Nicaragua debe responder por el daño causado a las comunidades indígenas.
Reelección de Ortega y violación de derechos políticos a Fabio Gadea
El caso Gadea Mantilla vs. Nicaragua intenta determinar la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos políticos y a la protección judicial de Fabio Gadea Mantilla, en el contexto de su participación como candidato presidencial en el proceso electoral de 2011.
Gadea Mantilla y otros candidatos presentaron un recurso de impugnación ante el Consejo Supremo Electoral, por considerar que la inscripción en la contienda electoral del presidente Daniel Ortega era ilegal, dicho recurso fue declarado sin lugar el 4 de abril de 2011 y no fue posible interponer un recurso para obtener la revisión judicial porque no estaba constitucionalmente previsto.
El 6 de noviembre de 2011, Ortega fue reelecto como Presidente con un 62.64% de votos. Pese a que el artículo 147 de la Constitución prohibía la reelección presidencial después de ejercer la presidencia durante dos mandatos, en octubre de 2009, ante un recurso de amparo planteado por el presidente y otras personas, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia determinó la inaplicabilidad de dicho artículo por violar el principio de igualdad.
Agresiones contra Jaime Chavarría
El caso de Jaime Antonio Chavarría Morales y su familia contra Nicaragua intenta determinar la responsabilidad del Estado nicaragüense por las agresiones que los demandantes sufrieron en el contexto de las verificaciones ciudadanas para las elecciones municipales de 2008 y por negarles el acceso a la justicia.
Chavarría Morales fue candidato a concejal de la Alcaldía de Managua por la Alianza del Partido Liberal Constitucionalista (PLC). El 27 de julio de 2008, fungió como fiscal de verificación electoral del Distrito Cuatro. En su calidad de fiscal, presentó una impugnación en contra del coordinador, el técnico de verificación y el técnico de cambio de domicilio del centro, por cerrar el local cuando faltaban personas para verificarse. Sin embargo, estas autoridades se negaron a recibir dicha impugnación.
Al salir del Centro de Verificación, Chavarría junto con sus hijos y su yerno, fueron interceptados por el fiscal del Frente Sandinista y otros dirigentes sandinistas quienes les arrebataron el informe estadístico que les correspondía como Alianza PLC y ordenaron a un grupo de entre 40 y 50 personas armadas con machetes, puñales, tubos y otro tipo de armas, que se identificaron como miembros del Consejo del Poder Ciudadano (CPC), que los mataran.
Chavarría y sus familiares, quienes resultaron heridos, denunciaron estos hechos ante autoridades electorales, tanto el cierre como las agresiones, pero estas no se pronunciaron sobre el tema. El caso fue llevado a la CIDH y posteriormente remitido a la Corte IDH en noviembre de 2023.
Encarcelamiento arbitrario de Jason Puracal
El caso Puracal y otros vs. Nicaragua intenta determinar la responsabilidad del Estado por la detención “ilegal y arbitraria” del estadounidense Jason Puracal, quien estuvo preso en Nicaragua en condiciones “infrahumanas” entre 2010 y 2012.
Puracal llegó a Nicaragua en 2002, como miembro del Cuerpo de Paz, y luego de casarse con una nicaragüense fijó su residencia en el país. El 11 de noviembre de 2010, la Policía allanó su casa, lo detuvo e incautó sus bienes sin una orden judicial. Luego, fue acusado por los delitos de crimen organizado, transporte internacional de estupefacientes, psicotrópicos y sustancias controladas, lavado de dinero, bienes y activos. El 6 de septiembre de 2011, lo sentenciaron a 22 años de prisión.
La sentencia fue apelada el 5 de octubre de 2011 y el 12 de septiembre de 2012 el Tribunal de Apelaciones de Granada anuló el juicio, porque la sentencia carecía de fundamentos y ordenó la libertad del estadounidense. El 14 de septiembre de 2012, Migración ordenó la deportación de Jason Puracal por considerar que era un “peligro para la seguridad ciudadana y el orden público”.
Según la CIDH, el estadounidense estuvo recluido en condiciones carcelarias que “constituyeron tratos crueles, inhumanos o degradantes” y posteriormente fue sometido a un “proceso penal violatorio del debido proceso”, como consecuencia del cual fue deportado de Nicaragua. El Estado de Nicaragua nunca respondió por el daño causado a Puracal y su familia, por lo que el caso fue remitido a la Corte IDH en marzo de 2024.
Negación de derechos laborales y sindicales
El caso Tenorio Morales y otros —sindicato de profesionales de la Educación Superior “Ervin Abarca Jiménez de la Universidad de Ingeniería (UNI)— vs. Nicaragua intenta establecer la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos a la libertad de asociación, a la libertad sindical, a la negociación colectiva, a las garantías judiciales y a la protección judicial, en perjuicio de los miembros del Sindicato de Profesionales de la Educación Superior “Ervin Abarca Jiménez”.
La Comisión consideró, entre otras cosas, que la presunta falta de reconocimiento de la junta directiva presidida por Julio Canales por parte de las autoridades de la UNI, las órdenes judiciales que llevaron a la suspensión de la inscripción de la junta directiva; los presuntos retardos injustificados a nivel judicial; habrían privado a los miembros de la organización de ejercer plenamente sus derechos a la libertad de asociación y libertad sindical, y les habría impedido además que sus representantes pudieran defender los intereses de sus afiliados.
Además, indicó que la falta de registro de la junta directiva habría trascendido la violación del derecho a elegir libremente a sus representantes, en su dimensión individual (derecho a ser elegido), por lo que también habría afectado la esfera colectiva del derecho, pues habría privado a los trabajadores del sindicato de la representación se sus líderes elegidos libremente. El caso fue llevado a la Corte IDH en octubre de 2023.
Encarcelamiento arbitrario de expresidente de INIFOM Alejandro Fiallos
El caso Fiallos Navarro vs. Nicaragua apunta la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos a la libertad personal, las garantías judiciales, derechos políticos, y protección judicial del expresidente del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (Inifom) Alejandro Fiallos Navarro.
Fiallos Navarro ocupó diversos cargos públicos durante el gobierno de Enrique Bolaños Geyer. El 20 de julio de 2004, él y cuatro personas más fueron denunciados por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y amenazas. Meses después fue declarado culpable y sentenciado a 45 días de arresto, diversas multas y una pena de inhabilitación absoluta por un año.
El exfuncionario fue detenido sin tener conocimiento de la sentencia condenatoria. Su defensa solicitó al juez una fianza personal y la revocación de la orden de captura, pero la solicitud no fue resuelta. Luego apeló la sentencia condenatoria y presentó un recurso de hábeas corpus. No obstante, el juzgado confirmó la sentencia original.
La CIDH determinó que la detención de Fiallos Navarro fue “ilegal”, ya que el juez ordenó su arresto antes de notificar la sentencia condenatoria y sin brindar oportunidad a la defensa para apelar. Posteriormente ordenó una serie de medidas de reparación que el Estado de Nicaragua no cumplió, por lo que el caso fue llevado a la corte en septiembre de 2023.